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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534687 Artículo 2°.- Encargar a Provias Nacional, que previo al pago del Valor Total de Tasación, verifi que el levantamiento de cargas o gravámenes que puedan afectar a los inmuebles descritos en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1149306-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 692-2014 MTC/02 Lima, 9 de octubre de 2014 VISTA: La Nota de Elevación N° 232-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de los dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los artículos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modifi cados por la tercera disposición complementaria modifi catoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura; Que, según el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasación será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación, y según el artículo 3° la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el artículo 27° de la Ley N° 30230 modifi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria fi nal de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, PROVÍAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20, para que en aplicación de la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, el citado Ministerio a través de la Dirección Nacional de Construcción efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución del Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427 Que, dentro de los alcances del citado Convenio, la Dirección Nacional de Construcción mediante el Ofi cio N° 1641-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC remite a la Unidad Gerencial de Estudios, los Informes Técnicos de Tasación correspondientes a treinta y siete predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; Que, mediante Memorándum N° 4068-2014-MTC/20.6 la Unidad Gerencial de Estudios eleva el Informe N° 014-2014.AAZS del Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el cual manifi esta que dieciséis Informes Técnicos de Tasación de los predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427 se encuentran expeditos para su aprobación; Que, asimismo, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el Informe N° 014-2014.AAZS indica que la aprobación de las tasaciones, antes citadas, se ampara en la Ley N° 27628, modifi cada por la Ley N° 30025, y en el artículo 27° de la Ley N° 30230 que modifi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025; por lo que corresponde que se apruebe las tasaciones incluyendo un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio, conforme se detalla en el cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal mediante el Informe N° 659-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobación de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley N° 27628 modifi cada por la Ley N° 30025, y el artículo 27° de la Ley N° 30230; Que, en tal sentido, al amparo de la Ley N° 27628 y sus modifi catorias resulta procedente aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción de los dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; conforme al cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a PROVÍAS NACIONAL que previo al pago del valor total de las tasaciones, verifi que el levantamiento de cargas o gravámenes que puedan afectar a los inmuebles descritos en el cuadro que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO PREDIOS AFECTADOS POR EL DERECHO DE VÍA DEL TRAMO VIAL: HUARAL – ACOS, KM 0+015 AL KM 32+427 N° Código Partida Electrónica Valor Tasación S/. Porcentaje Adicional 10% S/. Valor total S/. 1 HUAC-016 P01037098 49 382,80 4 938,28 54 321,08 2 HUAC-166 P01033706 8 100,37 810,04 8 910,41 3 HUAC-167 08021405 39 402,72 3 940,27 43 342,99 4 HUAC-193 20009784 13 839.24 1 383,92 15 223,16 5 HUAC-218 08021406 8 108,94 810,89 8 919,83 6 HUAC-235 08021573 9 678,41 967,84 10 646,25 7 HUAC-257 P01033652 12 549,75 1 254,98 13 804,73 8 HUAC-268 08024232 22 686,60 2 268,66 24 955,26 9 HUAC-302 60088664 5 327,46 532,75 5 860 ,21 10 HUAC-305 60079625 3 467,42 346,74 3 814,16 11 HUAC-319 60079626 3 951,46 395,15 4 346,61 12 HUAC-334 60026121 1 188,60 118.86 1 307.46 13 HUAC-351 20008622 192 571,08 19 257,11 211 828,19 14 HUAC-355 60079629 4 177,67 417,77 4 595,44 15 HUAC-356 60079628 763,09 76,31 839,40 16 HUAC-374 60025201 235,20 23,52 258,72 1149572-1