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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534669 6. DECLARACIÓN DE VERACIDAD7 Por la presente declaro bajo juramento que las declaraciones consignadas en este documento son verdaderas. Firma: ____________________________________ Nombre:___________________________________ DNI: ______________________________________ Cargo: ____________________________________ 7 La fi cha debe ser suscrita por el representante legal de la cooperativa. 1150300-1 AMBIENTE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante Comisión Multisectorial creada mediante D.S. Nº 107-2010-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MINAM Lima, 14 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 107-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de diciembre de 2010, se constituyó la Comisión Multisectorial encargada del seguimiento y facilitación del cumplimiento de los acuerdos adoptados en el marco del Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos, con la fi nalidad de garantizar la plena vigencia de sus derechos constitucionales, promover su bienestar y el desarrollo económico; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2011-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 05 de enero de 2011, se modifi có el artículo 2 del Decreto Supremo N° 107-2010-PCM respecto a la conformación de la Comisión Multisectorial y se incorporó, entre otros, a un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM a fi n de que integre dicha Comisión, quien deberá ser designado mediante resolución del titular de la entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 095-2012- MINAM, publicada el 12 de abril de 2012, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente - MINAM ante la citada Comisión Multisectorial, siendo conveniente designar a los nuevos representantes; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el, Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; el Decreto Supremo N° 107- 2010-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001- 2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante la Comisión Multisectorial, creada mediante Decreto Supremo N° 107-2010-PCM, según detalle: - Sr. Carlos Eduardo Chirinos Arrieta, Jefe de la Ofi cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente - MINAM, como representante titular. - Sr. Carlos Francisco Eyzaguirre Beltroy, Especialista en Análisis y Monitoreo de los Confl ictos Socio- Ambientales, de la Ofi cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente – MINAM, como representante alterno. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 095-2012-MINAM, publicada el 12 de abril de 2012. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1149872-1 CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Cultura de la Comunidad Campesina Chopcca, de los distritos de Yauli, provincia de Huancavelica, y Paucará, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 106-2014-VMPCIC-MC Lima, 10 de octubre de 2014 Vistos, el Memorando Nº 1003-2014-DDC-HVA/MC de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y el Informe Nº 0381-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que “Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural”; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que “es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Memorando Nº 1003-2014-DDC-HVA/ MC, la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, remite el expediente técnico mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de la Cultura Chopcca como Patrimonio Cultural de la Nación;