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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534677 Visto, el Expediente Nº 14-096501-001 que contiene el Informe Nº 244-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial Nº 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Ofi cio Nº 1117-2014-DG-OEPE/INCN, la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, comunica que la unidad ejecutora a su cargo ha recibido donaciones de la Fundación Ignacia R. Vda. de Canevaro, hasta por la suma de TREINTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 000,00), para ser destinados a la atención de pacientes con patologías degenerativas y mejorar la atención de la salud; por lo que solicita la incorporación de dichos recursos en el presupuesto del presente año fi scal de la Unidad Ejecutora 007: Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias; Que, el literal a) numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de Ley Nº 28411, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, el literal ii) del numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 – “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modifi caciones, establece que las modifi caciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley Nº 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la mencionada Directiva señala que dado el carácter fi nanciero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, como consecuencia de lo antes mencionado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Ofi cina de Presupuesto de Ia Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y con las visaciones del Director General de Ia Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de Ia Directora General de Ia Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y; De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 y el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, Decreto Legislativo Nº 1161; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la Donación efectuada por la Fundación Ignacia R. Vda. de Canevaro, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 000,00), a favor del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 000,00), de acuerdo al detalle siguiente: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1. Ingresos Presupuestarios 36 000,00 1.5 Otros Ingresos 36 000,00 1.5.4 Transferencias Voluntarias Distintas a Donaciones 36 000,00 1.5.4 1 Transferencias Voluntarias Distintas a Donaciones 36 000,00 1.5.4 1.1 1 Transferencias Voluntarias Corrientes De Personas jurídicas 36 000,00 TOTAL INGRESOS: 36 000,00 ======== EGRESOS: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 007 Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas PROGRAMA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos PRODUCTO : 3999999 Sin Producto ACTIVIDAD : 5001563 Atención en Hospitalización GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 36 000,00 TOTAL EGRESOS: 36 000,00 ======== Artículo 3º.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 007: Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Copia de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el artículo 23, numeral 23.2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1150194-1 Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Apoyo a la Investigación y Docencia Especializada del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 768-2014/MINSA Lima, 14 de octubre del 2014