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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534676 RELACIONES EXTERIORES Modifican Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2014 a fin de atender el pago de cuota de afiliación anual a organismo internacional DECRETO SUPREMO Nº 055-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el numeral 1.3 del artículo 1º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se señala que las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2014 por los Pliegos Presupuestarios, se encuentran contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, detallando las entidades y montos que corresponden a cada una; Que, asimismo, conforme al citado numeral 1.3 del artículo 1º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales – Año fi scal 2014” podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, la Defensoría del Pueblo no se encuentra comprendida en el referido Anexo B, y toda vez que se requiere incluir el pago de la cuota de afi liación anual al Instituto Internacional del Ombudsman - IIO, por concepto de pago de membresía correspondiente a EUR 750 que equivale a S/. 3,150.00 (Tres mil ciento cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), corresponde modifi car dicho Anexo; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo, mediante Memorando Nº 1136-2014-DP/OPPRE, señala que se cuenta con marco presupuestal disponible y susceptible de ser priorizado a fi n de efectuar el pago de la cuota de afi liación anual correspondiente al Instituto Internacional del Ombudsman - IIO; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se ha considerado pertinente modifi car el Anexo “B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 020: Defensoría del Pueblo de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; a efecto de atender el pago de la cuota de afi liación anual al Instituto Internacional del Ombudsman - IIO; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Adición Agréguese al Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 020: Defensoría del Pueblo de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el siguiente organismo internacional y monto: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En Nuevos Soles) PERSONA JURÍDICA DEFENSORÍA DEL PUEBLO 020 DEFENSORÍA DEL PUEBLO S/. 3,150.00 INSTITUTO INTERNACIONAL DEL OMBUDSMAN - IIO Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1150300-2 Dan término a nombramiento de Embajador Concurrente del Perú ante la República de Bielorrusia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2014-RE Lima, 14 de octubre de 2014 VISTA: La Resolución Suprema N.º 086-2014-RE, que da término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.º 157-2012-RE, se nombró al citado funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente del Perú ante la República de Bielorrusia, con residencia en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia; Que, en consecuencia, es necesario dar término al nombramiento antes señalado del referido funcionario diplomático; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata, como Embajador Concurrente del Perú ante la República de Bielorrusia, con residencia en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, el 19 de octubre de 2014. Artículo 2. Cancelar las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1150301-4 SALUD Aceptan donación a favor del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 767-2014/MINSA Lima, 14 de octubre de 2014