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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (15/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534674 Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1407-2013- IN/DGRH de fecha 17 de octubre de 2013, se aprobó la Directiva Nº 015-2013-IN/DGRH Procedimiento para la Contratación de Personal Bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios en el Ministerio del Interior; Que, a fi n de contar con un proceso de contratación más efi ciente y oportuno, la Dirección General de Recursos Humanos considera pertinente la modifi cación de la Directiva Nº 015-2013-IN/DGRH; Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, a lo opinado por la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el literal A “Etapa Preparatoria”, del numeral 2 “En Cuanto al Proceso de Contratación”, de la parte V “Disposiciones Generales” de la Directiva Nº 015-2013-IN/DGRH Procedimiento para la Contratación de Personal bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios en el Ministerio del Interior, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: A. Etapa Preparatoria: Para la contratación debe contarse con los siguientes requisitos: • Requerimiento formulado por el órgano o unidad orgánica requirente a la Dirección General de Recursos Humanos, según formato (Anexo Nº 01), que debe incluir lo siguiente: - Objeto de la convocatoria - Órgano o unidad orgánica requirente - Perfi l del puesto y/o cargo - Características del puesto y/o cargo - Condiciones esenciales del contrato Corresponderá al órgano o unidad orgánica requirente, solicitar a la Dirección General de Administración la Certifi cación Presupuestaria correspondiente, la misma que necesariamente deberá adjuntarse al requerimiento que se formule ante la Dirección General de Recursos Humanos. En el caso de que se trate de una solicitud de contratación por reemplazo, el órgano o unidad orgánica deberá gestionar la rebaja de la Certifi cación Presupuestaria correspondiente ante la Dirección General de Administración. • Conformidad de la Dirección General o la que haga sus veces de la cual depende la Unidad orgánica requirente, de corresponder. • Conformidad del Viceministerio de Gestión Institucional, en caso de nueva contratación. Artículo 2º.- MODIFICAR la parte IX “Diagrama de Flujo” de la Directiva Nº 015-2013-IN/DGRH Procedimiento para la Contratación de Personal bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios en el Ministerio del Interior, el mismo que quedará defi nido conforme se indica en el Anexo Único que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- SUPRIMIR el último párrafo del literal A “Etapa Preparatoria”, de la parte VI “Disposiciones Específi cas” de la Directiva Nº 015-2013-IN/DGRH Procedimiento para la Contratación de Personal bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios en el Ministerio del Interior, cuyo texto dispone lo siguiente: Con la conformidad del Viceministerio de Gestión Institucional, la Dirección General de Recursos Humanos solicita la certifi cación presupuestaria a la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto.” Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General disponer las acciones necesarias para que se cumpla con efectuar la difusión de la presente resolución, a todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1150025-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban la Guía para la Atención de Casos en las Defensorías del Niño y del Adolescente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2014-MIMP Lima, 14 de octubre de 2014 Vistos, el Informe Nº 511-2014-MIMP/DGNNA/DSLD/ RAB de la Dirección de Sistemas de Locales y Defensorías y la Nota Nº 600-2014-MIMP/DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual establece en el literal m) del artículo 5 que este Ministerio tiene competencia en el ejercicio de la rectoría sobre las materias de su competencia y sobre los Sistemas asignados, tales como el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros; Que, el Código de los Niños y Adolescente, aprobado por la Ley Nº 27337, defi ne en el artículo 27 que el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios públicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la protección y promoción de los derechos de los niños y adolescentes. El sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones interinstitucionales desarrolladas por instituciones públicas y privadas; Que, por su parte el artículo 42 defi ne que la Defensoría del Niño y del Adolescente es un servicio del Sistema de Atención Integral que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, cuya fi nalidad es promover y proteger los derechos que la legislación reconoce a los niños y adolescentes. Este servicio es de carácter gratuito; Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, establece en el artículo 59 que la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, tiene entre sus funciones la de ejercer la función de Autoridad Central del Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente a nivel nacional, así como proponer e implementar políticas y normas para una atención de calidad en las Defensorías del Niño y del Adolescente; Que, en los Informes Nº 719-2013-MIMP/DGNNA/DSLD/ RAB y Nº 511-2014-MIMP/DGNNA/DSLD/RAB la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes sustenta la aprobación del documento: “Guía para la Atención de Casos en las Defensorías del Niño y del Adolescente” determinando que la referida Guía es un instrumento que contribuye al fortalecimiento de las Defensorías del Niño y del Adolescente; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la “Guía para la Atención de Casos en las Defensorías del Niño y del Adolescente”; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General Asesoría Jurídica;