Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, chopcca es el termino gentilicio con que se denomina a la poblacion que integra la comunidad campesina del mismo nombre, distribuida en los distritos colindantes de Yauli, en la provincia de Huancavelica, y MORDAZA, en la provincia de Acobamba, en el departamento de Huancavelica; Que, segun la memoria colectiva, Chopcca es el nombre de un ancestro comun que, de acuerdo a algunas historias orales era un personaje de poderes extraordinarios y segun otras era un colectivo, en ambos casos de origen en la poblacion Anqara, etnia que realmente existio en los territorios de las actuales provincias de Angaraes y Acobamba; Que, habiendo sido Huancavelica una region dedicada esencialmente a la explotacion minera, que permitia un rapido enriquecimiento de los propietarios, las tierras eran periodicamente puestas en compraventa una vez que aquellos hubieran alcanzado este objetivo, hasta el eventual agotamiento de este recurso en el siglo XVIII. De este modo, se registra en las postrimerias del periodo colonial la existencia del predio Chopcca en un tiempo en que los espanoles cedian la propiedad de estos territorios a propietarios criollos y mestizos, y este territorio paso a formar parte de una serie de haciendas que se distribuirian, bajo constantes adquisiciones y arreglos, todo el territorio de Huancavelica durante el periodo republicano. Circunscritos a la Hacienda Mayunmarca, los pobladores del predio Chopcca reivindicaron su autonomia tras una fuerte lucha, que concluyo con el reconocimiento de su propiedad por el Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas segun Resolucion Directoral Nº 2120-73-DGRAAR-HCVA, del 28 de setiembre del ano 1973, como parte de la Reforma Agraria que se aplicaba entonces con la Ley Nº 17716 establecida en 1969. La comunidad campesina fue reconocida oficialmente con la Resolucion Directoral Nº 222-81 DR-XII-H del 22 de junio de 1981. Con esta nueva autonomia los chopcca reconstruyeron su sociedad a partir de sus presupuestos culturales originarios, ante la indiferencia de la sociedad nacional, en una de las regiones mas postergadas del pais; Que, la organizacion politica de la comunidad, en la que estan presentes los representantes de todos los centros poblados, superando hasta hoy el problema del centralismo en la administracion, haciendo participes en la toma de decisiones a las diversas instancias de gobierno local, entre autoridades comunales, municipales y tradicionales de vara, en un conjunto coherente. La identidad colectiva chopcca es facilmente identificable desde el exterior por una serie de rasgos culturales claramente visibles que marcan una frontera etnica, algunos de los cuales pasaremos a mencionar a continuacion; Que, el cumplimiento de las actividades del ciclo festivo es la condicion basica para entrar a esta sociedad como miembro adulto con capacidad de decision. Entre ellas destacan la actividad de la qachwa o trilla, el MORDAZA o marcacion del ganado, y muy especialmente el vigawantuy, costumbre de esta region de Huancavelica que consiste en el corte y traslado de MORDAZA troncos de los pequenos bosques de la region para su uso en obras comunes, actividad ritualizada que refleja una MORDAZA del MORDAZA natural como un ente vivo y con voluntad, y donde el notable esfuerzo fisico que significa para los jovenes cargadores es una forma de llamar la atencion a una futura pareja. En general, las actividades del ciclo productivo y festivo implican una buena disposicion de animo y esfuerzo en la participacion de los jovenes varones, asi como las habilidades de la mujer en el MORDAZA, la danza y el servicio a los mayores. Lo importante de estas costumbres es que funcionan como elementos aglutinadores de la sociedad local chopcca. No solamente son MORDAZA de identidad grupal, sino que su cumplimiento es via obligatoria para la entrada del individuo en sociedad. Este no es de ninguna manera un rasgo exclusivo de los chopcca: en muchas comunidades rurales andinas esta es una de las causas de la existencia de diversas tradiciones. En el caso de la Comunidad Campesina Chopcca este cumplimiento se encuentra fuertemente institucionalizado en un grado que rebasa el mero cumplimiento de una tradicion; Que, la vestimenta chopcca es una variante especialmente llamativa del traje rural del poblador de Huancavelica. Sobre un fondo negro de bayeta, los varones se adornan con diversos accesorios para la cintura, el cuello, brazos y piernas, finamente tejidas con pallay, pequenos motivos coloridos que ocupan secciones o la totalidad de la superficie de la prenda. En la vestimenta

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

de la mujer se trata en cambio de prendas de vestir que llevan tales MORDAZA en un patron distintivo, con el mismo sentido estetico del contraste entre el fondo neutro y los motivos de MORDAZA vivos. El traje tradicional chopcca no solo se usa en las MORDAZA, sino en buena parte de la MORDAZA cotidiana; Que, la musica chopcca, de caracter tradicional y gran riqueza estetica, es estilisticamente una variante de la musica de Huancavelica pero presenta rasgos originales como el uso de la bandurria como instrumento principal de cuerda, el uso de la trompa o "arpa de boca" como instrumento para el cortejo amoroso, y una serie de cantos tradicionales para diversas actividades festivas y rituales, como la marcacion del ganado, la trilla de la cebada, el corte y traslado de troncos, el matrimonio y el sepelio. El grueso de la produccion musical se inscribe en el genero del wayno cantado, cuya letra tiene como temas dominantes el MORDAZA y la vivencia cotidiana en su entorno social y natural. Esta es una manifestacion muy difundida en la poblacion chopcca, pues la mayoria de los pobladores poseen alguna habilidad en la ejecucion de instrumentos musicales o en el MORDAZA, cualidades especialmente apreciadas; Que, se ha visto que el conjunto de las manifestaciones culturales que componen su identidad colectiva son el principal recurso por el cual esta comunidad esta siendo valorada, tanto en su region como a escala nacional, caso relativamente excepcional en el area MORDAZA, lo que se debe considerar un logro de la poblacion chopcca, que ha hecho validar su presencia sin la asesoria de agentes externos o de intermediarios; Que, conjuntamente con las referencias historicas, el Informe Nº 381-2014-DPI-DGPC/MC de la Direccion de Patrimonio Inmaterial el cual considera pertinente que se declare a la cultura de la Comunidad Campesina Chopcca de los distritos de Yauli, provincia de Huancavelica y MORDAZA, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolucion, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 6.2 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el visado de la Directora General (e) de la Direccion General de Patrimonio Cultural, de la Directora (e) de la Direccion de Patrimonio Inmaterial y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011/MC, y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011/MC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la Cultura de la Comunidad Campesina Chopcca, de los distritos de Yauli, provincia de Huancavelica, y MORDAZA, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, por su originalidad y representatividad en la region de la que es parte y porque constituye un MORDAZA cultural tradicional y singular que ha logrado mantenerse a lo largo de los anos bajo las condiciones mas adversas, reafirmando constantemente el valor de la identidad para las generaciones actuales y venideras. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la difusion del Informe Nº 381-2014-DPI-DGPC/MC de fecha 26 de setiembre de 2014, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 381-2014-DPI-DGPC/MC de la Direccion de Patrimonio Inmaterial, a la Direccion Regional de Huancavelica, actualmente Direccion Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1149383-1

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