Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

534682
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 686-2014 MTC/02 MORDAZA, 9 de octubre de 2014 VISTOS: Informe No. 545-2014-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 315-2014MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico, un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviacion Civil, establece que la Direccion General de Aeronautica Civil esta facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviacion y es responsable de la elaboracion, puesta en ejecucion, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviacion Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su articulo 14 establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley, son competentes segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicados en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil acreditados en el Informe No. 545-2014-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas de vigilancia a que se contraen las Ordenes de Inspeccion No. 2497-2014-MTC/12.04, No. 2498-2014-MTC/12.04, No. 2499-2014-MTC/12.04, No. 2500-2014-MTC/12.04, No.
Codigo: F-DSA-P&C-002

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

2821-2014-MTC/12.04, No. 2822-2014-MTC/12.04, No. 2823-2014-MTC/12.04 y No. 2824-2014-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viaticos, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo emitido la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto las Certificaciones de Credito Presupuestario No. 0000004094, No. 0000004143, 0000004145, No. 0000004935, No. 0000005048, No. 0000005049, No. 0000005050 y No. 0000005051, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 del Texto Unico Ordenado de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo No. 304-2012-EF; De conformidad con la Ley No. 30114, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de inspeccion tecnica de vigilancia de los inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 545-2014-MTC/12.04, y No. 315-2014-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Direccion de Seguridad Aeronautica, respectivamente: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 28 al 31 de octubre de 2014 a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. - Senor MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, del 03 al 07 de noviembre de 2014 a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 08 al 14 de noviembre de 2014 a la MORDAZA de Tyumen, Federacion Rusa. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 10 al 14 de noviembre de 2014, a la MORDAZA MORDAZA, Estado Plurinacional de Bolivia. - Senor MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA, del 18 al 21 de noviembre de 2014, a la MORDAZA de Punta Cana, Republica Dominicana. - Senor MORDAZA Chicoma MORDAZA, del 18 al 21 de noviembre de 2014 a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos. - Senor MORDAZA Robe MORDAZA Lizarraga, del 25 al 28 de noviembre de 2014, a la MORDAZA de Cali, Republica de Colombia. - Senor MORDAZA MORDAZA Amoros MORDAZA, del 25 al 28 de noviembre de 2014, a la MORDAZA de La Habana, Republica de Cuba. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuados los viajes, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revision: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY Nº 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 28 DE OCTUBRE AL 28 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 315-2014-MTC/12.04 Y Nº 545-2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE Inspeccion de la Organizacion de Mantenimiento Aprobada Extranjera (OMAE) ­ HORIZONTAL DE AVIACION SAS., segun plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales

2821-2014-MTC/12.04

28-Oct

31-Oct US$ 1,480.00

MTC

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

Bogota

Republica de Colombia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.