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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (15/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534746 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban la Creación y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del Distrito y Provincia de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2014-MPH Huaral, 12 de setiembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba la Creación y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del Distrito y Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, consagra que las Municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería de derecho público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en su Título VII, estipula la formación y los mecanismos de participación de la comunidad en el Gobierno Local, estableciéndose entre de ellas, las Juntas Vecinales y Comités Comunales creados de acuerdo a Ley. Que, los Artículos 111º, 112º, 113º, 114º, 115º, 116º, 118 y 119º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establecen los derechos de Participación y Control Vecinal; por lo que la capacidad legal que le otorga la Constitución y la precitada Ley; corresponde a las Municipalidades liderar, en amplio sentido de la palabra, la promoción y la participación del vecino hasta lograr una amplia convocatoria; ello es tan necesario que puede tal promoción vincularla con otros niveles de gobiernos locales hasta canalizar su apoyo. Que, la experiencia obtenida en Participación Vecinal en otras Municipalidades del país, nos permite revelar la importancia de las Juntas Vecinales y los Comités de Progreso, cuya contribución con el Desarrollo Local es mucho más signifi cativa que el Sistema de Delegados por Manzana; por lo que es necesario institucionalizar la vigencia de los Comités de Progreso, como Órgano de apoyo de las Juntas Vecinales. Que, asimismo para lograr una mayor democratización en la Elección del Delegado Principal y demás delegados de nivel vecinal y lograr mayor participación de la población en el desarrollo comunal es necesario institucionalizar la elección mediante sufragio directo, secreto y universal, permitiendo que solo se realice por primera y única vez a mano alzada en asamblea. Que, mediante Informe Nº 034-2014-MPH/GPC de fecha 20 de febrero del 2014, la Gerencia de Participación Ciudadana, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba la Creación y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del Distrito y Provincia de Huaral, para su estudio, análisis, evaluación y aprobación correspondiente.