Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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constituir una Junta Vecinal, podran incluirse por unica vez y de una forma voluntaria a la Junta Vecinal mas cercana a su delimitacion. Articulo 12º.- Son atribuciones de los miembros de las Juntas Vecinales las siguientes: a) Representar a los vecinos ante cualquier autoridad, institucion o defender los intereses y velar por los derechos y deberes de los pobladores de las Juntas Vecinales. b) Cooperar y participar en el desarrollo y ejecucion de los planes, programas y obras comunales, asi como en la proposicion de alternativas y proyectos para la solucion de los problemas vecinales. c) Recoger las problematicas, opiniones y sugerencias de los vecinos para informar a la autoridad municipal competente y trabajar de manera coordinada con las autoridades y funcionarios municipales para solucionar los principales problemas del sector. d) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria mediante solicitud dirigida al delegado principal donde se indique fecha, hora y agenda a tratar la cual debe estar avalada por la firma de por lo menos del 40% de los miembros con derecho a voz y a voto. e) Votar para la eleccion de la Junta Vecinal siempre y cuando esten empadronados y activos. f) Ser elegidos miembros de la Junta Vecinal, siempre y cuando acrediten por lo menos una antiguedad de un (1) ano en el Padron de Miembros de su respectiva jurisdiccion. g) Proponer a la directiva el tratamiento de temas o cuestiones que estimen de interes para el barrio. h) Acoger y centralizar la accion supervisora de los vecinos de la MORDAZA respecto de la prestacion de los servicios publicos, el cumplimiento de las normas municipales y la ejecucion de obras que se efectuen en su zona. i) Canalizar ante la Gerencia de Participacion Ciudadana las sugerencias y quejas formuladas por los vecinos de la zona. j) La seriedad en las propuestas y en el ejercicio de sus funciones, debiendo contar con un Plan de Trabajo a desarrollar para su sector, que especifique de manera objetiva y razonable los problemas reales, proponiendo soluciones viables y los medios precisos y correctos. Articulo 13º.- Las Juntas Vecinales trabajan en forma coordinada con las Juntas Directivas u otro MORDAZA de organizacion de sus respectivas zonas, en la planificacion y ejecucion de diferentes actividades y en las que no existen, las primeras realizaran dicha labor. CAPITULO II FUNCIONES ESPECIFICAS Articulo 14º.- Las Funciones del Delegado Principal son las siguientes: - Representar a la Junta Vecinal ante las organizaciones publicas y privadas. - Convocar y dirigir las asambleas vecinales. - Cumplir y hacer cumplir los estatutos y la presente ordenanza. - Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados Vecinales del Distrito Capital de la Provincia de Huaral y a las convocatorias por la Municipalidad. - Impulsar y orientar el trabajo de los vecinos en el desarrollo y progreso de su jurisdiccion. - Coordinar y trabajar con los demas dirigentes de la Junta Vecinal. - Emitir el MORDAZA dirimente en caso de empate en las votaciones. - Celebrar convenios con la Municipalidad, previa autorizacion de la Asamblea General de vecinos. - Firmar con los demas dirigentes los libros y los documentos emitidos. Articulo 15º.- Las funciones del Secretario de Actas son las siguientes: - Llevar el Libro de Actas y los Archivos de la Junta Vecinal.

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

- Mantener actualizado el Padron de Vecinos. - Redactar los documentos de la Junta Vecinal y firmarlas conjuntamente con el Delegado Principal. Articulo 16º.- Las funciones del Delegado de Asuntos Economicos son las siguientes: - Llevar el Libro MORDAZA de la Junta Vecinal. - Recaudar las cuotas acordadas y realizar las cobranzas de las deudas. - Realizar actividades pro fondos para equipar con elementos necesarios para la buena labor de la Junta Vecinal y en apoyo social conjuntamente con la Delegada de la Mujer y Asistenta Social. - Realizar los gastos de la Junta Vecinal, con aprobacion de los delegados que conforman la Junta con la aprobacion de la mitad mas uno. Articulo 17º.- Las Funciones del Delegado de Seguridad Ciudadana son las siguientes: - Difundir medidas de seguridad en general, con el proposito de instruir a los vecinos en su proteccion personal y patrimonial. - Organizar sistemas de alarma comun en la zona. - Establecer vinculos con las instituciones del sector seguridad, a traves de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control a fin de solicitar orientacion, asesoria y apoyo sobre el particular. - Mantener permanente comunicacion con el Serenazgo y con la Policia Municipal del distrito, a efectos de prevenir y evitar la comision de delitos en la MORDAZA a su cargo. - Representar a la Junta Vecinal ante el Comite del Distrito Capital de Seguridad Ciudadana. - Coordinar con la Policia Nacional y el Serenazgo, para realizar actividades preventivas sobre la delincuencia, pandillaje, drogadiccion y prostitucion. - Coordinar y organizar a los vecinos para garantizar la seguridad de la poblacion de la Junta Vecinal de su jurisdiccion. - Velar por el orden y la disciplina de las asambleas vecinales. Articulo 18º.- Las funciones del Delegado de Limpieza Publica y Ornato son las siguientes: - Representar a la Junta Vecinal ante la Mesa de Concertacion Ambiental del Distrito Capital de la Provincia de Huaral. - Vigilar el cumplimiento del recorrido, horario y el servicio eficiente de la unidad recolectora de la basura. - Coordinar y organizar a los vecinos para realizar la limpieza integral de su jurisdiccion. - Velar y apoyar las actividades que desarrolle la Municipalidad Provincial de Huaral en el mejoramiento del Servicio de Limpieza Publica y Ornato, proteccion del medio ambiente y la salubridad publica. - Sensibilizar a los vecinos de su sector en la proteccion y conservacion de las areas verdes derivadas de las obras de la municipalidad. - Coordinara y apoyara en el control de canes en coordinacion con la Perrera Municipal. - Hacer cumplir las ordenanzas municipales en cuanto a limpieza publica y ornato, proteccion del medio ambiente y salubridad publica e informar a la Municipalidad en caso de incumplimiento. Articulo 19º.- Las funciones del Delegado de Obras Publicas son las siguientes: - Representar a su Junta Vecinal en el Plan de Desarrollo Local. - Coordinar conjuntamente con el Delegado Principal las gestiones sobre el pedido y ejecucion de obras municipales dentro de la jurisdiccion de la Junta Vecinal. - Coordinar y organizar a los vecinos para realizar las obras comunales. - Informar a la Asamblea Vecinal el balance e informacion de la obra bajo responsabilidad. - Coordinar y controlar las obras municipales que se ejecuten en el sector de la Junta Vecinal, informando a la Municipalidad en cuanto se produzca alguna irregularidad en el desarrollo de la obra.

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