Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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Vecinal, seran traspasados a la Municipalidad Provincial de Huaral. En tales circunstancias el Concejo Municipal debera donarlos a Instituciones de bien publico dentro de la jurisdiccion de la Junta Vecinal. Los bienes podran ser enajenados por el Concejo Municipal y con el producto de las ventas se fomentara las mejoras de obras o servicios dentro de la jurisdiccion de la Junta Vecinal. TITULO IV FORMAS SUPERIORES DE ORGANIZACION TITULO V CAPITULO I

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

Articulo 38º.- La Junta de Delegados Vecinales de la Provincia de Huaral se reunira en Asambleas Ordinarias, cuatro (04) veces al ano a Nivel Provincial y en Asambleas Extraordinarias cuando lo convoque el MORDAZA o por lo menos el 25% de los Delegados Vecinales acreditados. Articulo 39º.- Los Delegados Vecinales, tienen por funcion representar a su comunidad de la MORDAZA ante la Junta de Delegados Vecinales a Nivel Provincial por el periodo de dos (02) anos y deben velar por los acuerdos que se adopten en ella.

DE LA INTERVENCION MUNICIPAL ORGANIZACIONES ZONALES Articulo 34º.- Las Organizaciones Zonales estan constituidas por dos o mas Juntas Vecinales unidas fundamentalmente para solucionar problemas comunes. Articulo 35º.- Las Juntas de Delegados Vecinales del Distrito Capital de la Provincia de Huaral tienen como organos descentralizados, las Juntas de Delegados Zonales que se reuniran en Asambleas Zonales con el MORDAZA o por lo menos con el 25% de los Delegados Vecinales acreditados. El distrito capital de Huaral estara dividido en los siguientes sectores: - Norte. - Sur. - Este. - Oeste. CAPITULO II JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES Articulo 36º.- La Junta de Delegados Vecinales, es el Organo de Coordinacion de la Municipalidad Provincial de Huaral. Esta integrado principalmente por los representantes de las Juntas vecinales de la Provincia de Huaral, asi misma, por organizaciones comunales sociales. Estara presidida por MORDAZA o por quien la autoridad designe en caso no este presente. Articulo 37º.- La Junta de Delegados Vecinales tiene las siguientes funciones: - Promover la Ejecucion del Plan de Desarrollo Local de la Provincia de Huaral. - Concertar y proponer prioridades de gasto e inversiones del Presupuesto Participativo Municipal. - Proponer politicas de salubridad. - Apoyar las acciones de Seguridad Ciudadana que formule el Comite Provincial de Seguridad Ciudadana. - Fiscalizar y apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios publicos, locales y la ejecucion de obras municipales. - Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del Distrito Capital de la Provincia de Huaral en el ambito de cultura y deporte. - Fiscalizar el cumplimiento de las normas municipales. Articulo 40º.- Las Juntas Vecinales podran ser intervenidas en los siguientes casos: a) Mediante la peticion fundada de la tercera parte de los vecinos empadronados. b) Por renuncia de la mayoria de los miembros de la directiva de la junta vecinal. c) Violacion o incumplimientos de la presente reglamentacion. La intervencion a las Juntas Vecinales sera aprobada mediante Acuerdo de Concejo. Articulo 41º.- La intervencion de una Junta Vecinal tendra por objeto normalizar su MORDAZA institucional mediante el llamado a elecciones para elegir nuevas autoridades. Dicho acto debera llevarse a cabo dentro de la fecha de intervencion, salvo que por causa de fuerza mayor, con el aval de la Gerencia de Participacion Ciudadana deba ampliarse dichas elecciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Cualquier vacio y/o controversia no contemplada en el presente reglamento sera regulada y aprobada por la mayoria absoluta en Sesion Ordinaria de los Miembros de las Juntas Vecinales a Nivel del Distrito Capital de la Provincia de Huaral. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su Publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Tercera.- La conformacion y reconocimiento de las Juntas Vecinales dentro de los AA.HH. y/o CC.PP. que se encuentren organizados. Se realizara en coordinacion con sus respectivos dirigentes comunales respetando su autonomia y evitando la division interna de la organizacion comunal y la duplicidad de funciones. Cuarta.- En caso de conflictos entre las Juntas Vecinales y otras organizaciones de pobladores, seran resueltas por la Gerencia de Participacion Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Huaral. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1149285-1

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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