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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (18/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Sábado 18 de octubre de 2014 535136 Glosario de Términos Archivo General de la Nación.- Es el órgano rector y central del Sistema Nacional de Archivos de carácter multisectorial, goza de autonomía técnica y administrativa y depende del Ministerio de Cultura (Artículo 7º, Ley 25323 del 11 de Junio de 1991). Archivo- Institución y órgano administrativo que acopia, protege, administra, organiza, describe y sirve la documentación que genera la actividad humana. También se define como fondo documental organizado en condiciones de ser consultado. Archivo Central.- Es el nivel administrativo de una entidad pública responsable de planificar, organizar, dirigir, normar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades archivísticas a nivel institucional; así como, de la conservación y uso de la documentación proveniente de los archivos de gestión y periféricos e intervenir en la transferencia y eliminación de documentos, en coordinación con el Archivo General de la Nación. Archivo Periférico.- Es el responsable del mantenimiento y uso de la documentación proveniente de los archivos de gestión y de transferencia al Órgano de Administración de Archivos o al Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación, previa coordinación con el Órgano de administración de Archivos. Se constituirán cuando la complejidad de funciones, nivel de especialización y ubicación física de las unidades orgánicas así lo requieran. Archivo de Gestión.- Es el nivel administrativo responsable de la organización, conservación y uso de la documentación recibida o producida por una unidad orgánica y de transferirla al Archivo Periférico o al Archivo Central. CAPÍTULO I: LOCALIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Ubicación Geográfica.- Es el ámbito geográfico, político-administrativo del país, corresponde al lugar en el que se encuentra ubicada la unidad estadística censal, según departamento, provincia y distrito. Ubicación Censal.- Es la ubicación de la entidad que le asigna el AGN, en función a planos cartográficos. Esta información se refiere al Área de Empadronamiento Censal. Número de RUC.- Es el registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el país, así como otros obligados a inscribirse en él por mandato legal. Dirección.- Tipo de vía, la dirección de la unidad estadística censal, así como la referencia de la dirección para una mejor ubicación de la unidad estadística censal. Sector al que pertenece: x Legislativo.- Es el poder que crea las Leyes; facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones, que regula el funcionamiento de la sociedad, se considera las siguientes entidades: Congreso de la Republica, Fiscalía Mayor. x Ejecutivo.- Es el poder que está vinculado a la gestión del funcionamiento estatal, como: Presidencia de la República, Consejo de Ministros, Presidencia del Consejo de Ministros, Gobierno Regional, Ministerios, entre otros. x Judicial.- Es el poder encargado de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos que son los Juzgados de Paz no Letrados, los Juzgados de Paz Letrados, las Cortes Superiores y la Corte Suprema de Justicia de la República. x Órgano Constitucional Autónomo.- Son aquellos creados en la Constitución, que no se adscriben a los poderes tradicionales del Estado. Tienen autonomía funcional y orgánica, como. Jurado Nacional de Elecciones, Oficina de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura, Tribunal de la Constitución, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Banco Central de Reserva del Perú, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, .Contraloría General de la Nación. x Gobiernos regionales.- Son las instituciones públicas encargadas de la administración superior de cada una de las regiones y departamentos. Son consideradas personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos regionales del Perú se componen de dos órganos: un Consejo Regional y un Presidente Regional. x Gobiernos locales: Son las instituciones públicas encargadas de la gestión de las provincias, sus distritos y centros poblados del país, así como de la prestación de servicios de ámbito local en sus respectivas jurisdicciones. Se constituyen como personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Archivo Notarial.- Tiene carácter público, custodia y conserva la documentación generada en el ejercicio de su cargo. Es facultad del Notario llevar y conservar en forma ordenada y segura los documentos originales, lo que se denomina archivamiento. Archivo del Arzobispado.- Es la entidad que congrega la documentación del ámbito de jurisdicción de un arzobispo. Página Web.- Es un documento electrónico que contiene información específica de la entidad. Año de Inicio de Actividades.- Año en el que la entidad inicio sus actividades, la información puede ser diferente al año de inicio de actividades del Archivo de la entidad. CAPÍTULO II: LOCALIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL ARCHIVO. Órgano funcional del que depende.- Identificar el Área estructural del que depende funcionalmente el Archivo. Denominación del Archivo.- Cada Entidad denomina al archivo con diferentes designaciones, como Unidad, Archivo Central, etc. Archivo.- Es la unidad estadística del censo. Año de Inicio de Funciones.- Año en el que la unidad estadística censal inicio sus funciones, la información puede ser diferente al año de inicio de actividades de la Entidad a la que pertenece administrativamente. Correo Electrónico: Es una herramienta de comunicación e intercambio de información entre instituciones o personas, mediante una dirección electrónica establecida en la Internet. Teléfono.- Es el número telefónico del Archivo (De corresponder incluye el número de anexo, así como el código de departamento). Fax: Es el número de facsímil de la entidad. CAPÍTULO III: CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ARCHIVO Presupuesto asignado.-Es una previsión cuyo objetivo es cumplir una meta o un objetivo. Servicio al público (archivístico).- Es un proceso que consiste en colocar a disposición de los usuarios la documentación existente propia de éstos (usuarios), en cada entidad con fines de información. Custodia de documentos.- Implica la responsabilidad de velar por su adecuada preservación y confidencialidad de los documentos CAPÍTULO IV: IDENTIFICACIÓN DEL INFORMANTE. Informante.- Es el Jefe de la entidad o la persona designada por éste (responsable del Archivo), quien proporciona la información requerida por el Empadronador. Jefe/Director.- Es el responsable de planificar, organizar, dirigir, normar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades archivísticas a nivel institucional, así como de la conservación y uso de la documentación proveniente de los archivos de gestión y periféricos e intervenir en la transferencia y eliminación de documentos en coordinación con el Archivo General de la Nación. Especialista.- Es el informante que se ha profundizado conocimientos y desarrollado sus habilidades, en un área de las labores archivísticas, como: restauración de documentos, organización de documentos etc. Administrativo.- Personal de apoyo y operativo no comprendido en otras áreas, como son: secretarias, auxiliares administrativos, mensajeros y vigilantes del Archivo. Técnico.- Es el personal del Archivo que tiene formación técnica en instituciones superiores no universitarias, o aquellos que siguieron cursos de formación técnica archivística en la Escuela Nacional de Archiveros. Último nivel de estudios alcanzado.- Es el nivel máximo alcanzado de estudios, que tiene el informante.