NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 43
El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531845 Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1132706-20 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 561-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de agosto de 2014 Visto el Expediente Nº 951-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 873 854,90 m², ubicado aproximadamente a 15 Km. al Suroeste de la ciudad de Casma, al Suroeste del distrito de Comandante Noel y a 2.5 Km al Sur de la playa Pajero Grande, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 873 854,90 m², ubicado aproximadamente a 15 Km. al Suroeste de la ciudad de Casma, al Suroeste del distrito de Comandante Noel y a 2.5 Km al Sur de la playa Pajero Grande, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 467-2014-SUNARP-Z.R.VII/ ORC-MP de fecha 23 de junio de 2014, la Zona Registral Nº VII-Sede Huaraz, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 18 de junio de 2014, sobre la base del Informe Técnico Nº 0476-2014-Z.R.Nº VII/OC-OR- CASMA-R de fecha 11 de junio de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no existe superposición gráfi ca con predios inscritos. Asimismo que con un área de 521,34 Ha del área en consulta se encuentra dentro de la zona de dominio restringido-Ley Nº 26856-Playas del Litoral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 15 de agosto de 2014, se observó que se trata de un terreno de naturaleza eriaza de forma irregular, suelo arenoso, con topografía variada pendiente plana y moderada, conformada por zonas planas, lomas y cerros. Asimismo, se observó que parte del área que se encuentra en zona de dominio restringido se encuentra comprendida por accidentes geográfi cos; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 050-2006- EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26856 – Ley de Playas, defi ne “ como zona de dominio restringido, la franja de 200 metros ubicado a continuación de la franja de hasta 50 metros paralela a la línea de alta marea, siempre que exista continuidad geográfi ca en toda esa área…”; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 050- 2006-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26856 – Ley de Playas, establece que se entenderá que existe continuidad geográfi ca cuando dentro de la proyección perpendicular de los 200 metros, no existan accidentes geográfi cos tales como acantilados, lagos, montañas, etc..”; Que, al no existir continuidad geográfi ca por presentarse accidentes geográfi cos dentro del área, se concluye que dicha área no se encuentra comprendido dentro de la zona de dominio restringido; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 873 854,90 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0596 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de agosto de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 873 854,90 m², ubicado aproximadamente a 15 Km. al Suroeste de la ciudad de Casma, al Suroeste del distrito de Comandante Noel y a 2.5 Km al Sur de la playa Pajero Grande, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1132706-21 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 562-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de agosto de 2014 Visto el Expediente Nº 270-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 7 709,35 m², ubicado al Nor Este del Asentamiento Humano Los Girasoles, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;