NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 33
El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014 533287 Que, conforme lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral N° 201-2013- CENFOTUR/DN, de fecha 20 de noviembre del 2013, se designó al Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas, como funcionario responsable de emitir las ofertas de empleo a que se refi ere la Ley 27736 y su Reglamento; Que, resulta necesario designar a un nuevo responsable que se encargará de remitir las ofertas de empleo del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación de la Ofi cina de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la señora Vilma Martina Vicente Clement, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto, la Resolución Directoral N° 201-2013-CENFOTUR/DN, de fecha 20 de noviembre del 2013. Artículo Tercero.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MADELEINE BURNS VIDAURRAZAGA Directora Nacional (e) 1141880-1 Delegan diversas facultades en el cargo de la Secretaría General y en funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas del CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 147-2014-CENFOTUR/DN Barranco, 22 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley N° 22155; destinado a la formación, capacitación, especialización y certifi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, el numeral 7.1. del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, mediante Ley N° 30114, Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2014 y la Directiva N° 005-2010- EF/76.01- Directiva para la Ejecución Presupuestaria, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los Organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2014; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modifi catorias, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que derivan de los mismos; Que el segundo párrafo del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que “…El Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento”; Que, conforme a lo señalado en el artículo 50 de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF-77.15, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, el Decreto Ley Nº 22155, Ley de creación del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR dispone en su artículo 10 que el Director es la máxima autoridad de la entidad titular del Pliego Presupuestal correspondiente; Que, mediante Resolución N° 006-2014-CENFOTUR/ DN de fecha 09 de enero del 2014, se delegó en el cargo de la Secretaría General y en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR durante el presente ejercicio fi scal las facultades y atribuciones administrativas de gestión y resolución; Que, a fi n de optimizar el accionar de la Entidad, corresponde actualizar la delegación de facultades y atribuciones administrativas de resolución y gestión que no sean propias de dicho cargo, por lo que resulta necesario emitir la Resolución Directoral que formalice dicha aprobación; Con la visación, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo, la Ofi cina de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Secretaría General; De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, así como en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, en el cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo –CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades; EN MATERIA DE CONTRATACIONES: 1.1. Aprobar el Plan de Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo- CENFOTUR, así como sus modifi catorias. 1.2. Aprobar las bases de los procesos de Concurso Público y Licitaciones Públicas. 1.3. Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria sufi ciente, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25 %) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público, así como de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados. 1.4. Resolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de procesos de selección correspondientes a Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva, y Adjudicación de Menor Cuantía, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. EN MATERIA ADMINISTRATIVA 1.5. Designar comisiones, comités y/o similares al interior de la entidad, así como, disponer la modifi cación de la conformación de los mismo, de ser el caso.