Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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1.6. Suscribir en representacion del Centro de Formacion en Turismo, la documentacion que debe ser remitida a la Contraloria General de la Republica en el MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion de Contraloria N° 063-2007CG, lo cual incluye la suscripcion de los contratos con las sociedades de auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control. 1.7. Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las unidades ejecutoras. EN MATERIA PRESUPUESTAL 1.8. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, previo informe tecnico debidamente sustentado de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo. 1.9. Remitir el proyecto de presupuesto de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo - CENFOTUR, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica. Articulo Segundo.- DELEGAR en el funcionario a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas del Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades: EN MATERIA DE CONTRATACIONES 2.1. Aprobar las bases administrativas de los procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia que realice la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, asi como, de adjudicaciones de menor cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion indicados. 2.2. Designar a los miembros integrantes de los comites especiales ad hoc y comites especiales permanentes, que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos que convoque la entidad; asi como, disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. 2.3. Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria necesaria, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratacion de bienes y servicios, para el caso de procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia; asi como, en el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantias, derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados, de conformidad con la normativa de contratacion publica. 2.4. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de la contratacion publica. 2.5. Aprobar los expedientes de contratacion, para la realizacion de los procesos de seleccion que convoquen la entidad. 2.6. Cancelar los procesos de seleccion convocados, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratacion publica. 2.7. Celebrar contratos y adendas derivados de las exoneraciones y los procesos de seleccion convocados en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica. 2.8. Autorizar las ampliaciones de plazos solicitadas por los contratistas, en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica. 2.9. Resolver contratos relativos a la contratacion de bienes y servicios. 2.10. Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliacion o arbitraje y representar a la entidad en dichos procedimientos de solucion de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las atribuciones del procurador publico a cargo de la defensa de los intereses de la presidencia del consejo de ministros. 2.11. Autorizar los procesos de Estandarizacion. EN MATERIA ADMINISTRATIVA 2.12. Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles mediante expedicion de resoluciones; asi como, aprobar los demas actos administrativos que deriven de los mismos.

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

2.13. Suscribir contratos de caracter administrativo en representacion del CENFOTUR, asi como, aquellos relacionados con las disposiciones y administracion de bienes muebles o inmuebles. 2.14. Representar a la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo- CENFOTUR, para realizar cualquier MORDAZA de actos y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones del CENFOTUR, entre las que se encuentran: a) La Superintendencia Nacional de Administrativa Tributaria ­ SUNAT, esta delegacion se hace extensiva, en su nivel y competencia, al Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion y Finanzas, b) Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, c) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, d) Superintencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP y sus Oficinas de las Zonas Registrales, e) Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, e) Municipalidades, f) Telefonica S.A.A. y otras dependencias similares. 2.15. Expedir resoluciones otorgando cuentas por encargo y sus modificatorias; asi como, la apertura del Fondo Fijo para MORDAZA Chica de MORDAZA y Centros Filiales. 2.16. Autorizar las prorrogas y otorgamiento de facilidades para el pago de pensiones; asi como, exoneracion de intereses y/o penalidades. 2.17. Expedir resoluciones sobre reconocimiento de deuda debidamente justificado y documentado. 2.18. Suscribir, modificar y resolver convenios de practicas profesionales y pre profesionales, sus prorrogas y renovaciones. Articulo Tercero.- DEJAR sin efecto la Resolucion Directoral N° 006-2014-CENFOTUR/DN de fecha 09 de enero del 2014. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos la notificacion de la presente resolucion a los interesados. Articulo Quinto.- ENCARGAR al responsable del MORDAZA de Transparencia, la publicacion de la presente resolucion en la pagina web del Centro de Formacion en Turismo-CENFOTUR. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNS VIDAURRAZAGA Directora Nacional (e) 1141882-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre bebidas alcoholicas vitivinicolas, simbolos pictoricos, cebada, petroleo y derivados, y otros
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 99-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 11 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales

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