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El Peruano Jueves 9 de abril de 2015 550318 Artículo Quinto.- Dispénsese el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Regístrese y comuníquese.CÉSAR ANTONIO LEIGH ARIAS Alcalde (E) 1221539-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO Designan responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 227-2015-MDQ/A Querecotillo, 20 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el artículo 40º de la Ley de Bases de la Descentralización establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que tienen y Gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa, en los Asuntos de su competencia; Que, el Contrato Administrativo de Servicios CAS, es una modalidad contractual de la Administración Pública, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma, que se rige por las normas de derecho público y con fi ere a las partes únicamente los bene fi cios y obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; no estando sujetos a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, ni al régimen laboral de la actividad privada, ni a ningún otro régimen especial; Que, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; es necesario designar a la Comisión que se encargará de realizar el Proceso Administrativo de Contratación de Personal de este gobierno local, bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios – CAS; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 100-2015- MDQ/A, de fecha 11 de febrero de 2015, se resuelve: Designar la Comisión que de conformidad al Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, se encargaría de la Contratación de personal que laboraría bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios – CAS; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establece en su artículo 2º que: “(…) la remisión de las ofertas de empleo sea con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes a ofertar, pudiendo realizarse por escrito a la O fi cina de la Red Cil Proempleo, ubicada en la jurisdicción o domicilio del organismo público o empresa del Estado, o la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y por vía electrónica a la bolsa de empleo www.empleosperu.gob.pe”; Que, a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a la Sra. GENARA MODESTA MONTERO CASTILLO, en su calidad de Sub Gerente de Personal, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Tesorería y demás áreas pertinentes el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a quien corresponda la publicación de la presente en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SANTOS RAMÓN SILUPÚ RUIZ Alcalde 1220874-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN