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El Peruano Jueves 9 de abril de 2015 550310 Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, de fecha 08 de agosto de 2014, se Aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, de fecha 05 de noviembre de 2014, Modifican la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, “Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades” precisando en el acápite 4.7. Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contrataciones previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. En este contexto de excepción, de igual manera estas entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribución de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modi fi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, Provisional y el Cuadro Nominal de Personal - CNP, del HOSPITAL AMAZONICO - YARINACOCHA, conteniendo un total de Cuatrocientos ochenta y uno (481) cargos, de las cuales Doscientos setenta y cuatro (274), se encuentran en condición de ocupados y Doscientos siete (207) en condición de previstos, según anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Hospital Amazónico – Yarinacocha, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano y en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Sistemas para su difusión a través del Portal Web Electrónico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los diez días del mes de febrero del dos mil quince. EBER PORTOCARRERO TANANTA Consejero DelegadoConsejo Regional POR LO TANTO:Mando se publique y cumpla.Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los once días del mes de febrero del dos mil quince. MANUEL GAMBINI RUPAY Presidente Regional 1221427-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Autorizan viaje de regidor a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 094-2015 La Molina, 27 de marzo de 2015EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAVISTO: La invitación efectuada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe - ONWARD Internacional, para participar en la Gira Internacional de capacitación sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión E fi ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de territorios en el siglo XXI - Experiencias sostenibles de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias - España”, a efectuarse del 13 al 18 de abril del 2015, a la cual asistirá el Regidor de la Municipalidad Distrital de La Molina, Señor Harry Mac Bride Navea; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º. de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público que deben tener todas las entidades del Estado, siendo que en el artículo 10° se señala las medidas en materia de bienes y servicios, indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos entre otros, señalados en su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley N° 28212; asimismo indica que en los casos de los presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores, las autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda; siendo obligatorio que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Ley N° 27619, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013- PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, los cuales deberán ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 036-2015 de fecha 26 de marzo del 2015, se autorizó el viaje hacia las Ciudades de Oviedo, Gijón, Avilés y Llanes - España, al señor Regidor Harry Mac Bride Navea, para que asista en representación o fi cial de la Municipalidad Distrital de La Molina, a la Gira Internacional de Capacitación sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión Efi ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de territorios en el siglo XXI - Experiencias sostenibles