Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2015 (16/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion al senor MORDAZA MORDAZA Aspillaga Freire, en su calidad de representante de los organizadores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1222289-1

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2015

SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Fijese el 30.6.2015 como fecha de entrada en vigencia de las siguientes resoluciones de intendencia nacional para los despachos aduaneros bajo las modalidades anticipada y urgente del regimen de Importacion para el Consumo que se soliciten en la Intendencia de Aduana Maritima del Callao: a) Resolucion de Intendencia Nacional N° 08-2014/ SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento especifico "Legajamiento de la Declaracion", INTA-PE.00.07 (version 4); b) Resolucion de Intendencia Nacional Nº 09-2014SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento especifico "Solicitud de Rectificacion Electronica de Declaracion" INTA-PE.00.11 (version 2), asi como de lo dispuesto en el articulo 3° de la citada resolucion; c) Resolucion de Intendencia Nacional Nº 11-2014SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento general "Importacion para el Consumo" INTA-PG.01 (version 7), asi como de lo dispuesto en el articulo 3° de la citada resolucion; d) Resolucion de Intendencia Nacional N° 12-2014/ SUNAT/5C0000, que modifica el procedimiento especifico "Reconocimiento Fisico ­ Extraccion y Analisis de Muestras" INTA-PE.00.03 (version 3), y e) Resolucion de Intendencia Nacional N° 17-2014/ SUNAT/5C0000, que modifica Circulares y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que establecen descripciones minimas de diversas mercancias. Articulo 2°.- Precisese que el 18.4.2015 entraran en vigencia las resoluciones de intendencia nacional a que hace referencia el articulo 1° precedente, para los despachos aduaneros bajo la modalidad excepcional del regimen de Importacion para el Consumo que se soliciten en la Intendencia de Aduana Maritima del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FRASSINETTI YBARGUEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estrategico 1224956-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Precisan las fechas de entrada en vigencia en la Intendencia de Aduana Maritima del Callao de diversas Resoluciones de Intendencia Nacional segun las modalidades de despacho
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL N° 08-2015-SUNAT/5C0000 Callao, 15 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que con Resolucion de Intendencia Nacional N° 01-2015/SUNAT/5C0000, se prorrogo hasta el 18.4.2015 la entrada en vigencia de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 08-2014-SUNAT/5C0000 que aprobo el procedimiento especifico "Legajamiento de la Declaracion" INTA-PE.00.07 (version 4); de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 09-2014-SUNAT/5C0000, que aprobo el procedimiento especifico "Solicitud de Rectificacion Electronica de Declaracion" INTA-PE.00.11 (version 2); y de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 11-2014-SUNAT/5C0000 que aprobo el procedimiento general "Importacion para el Consumo" INTA-PG.01 (version 7); Que asimismo la Resolucion de Intendencia Nacional N° 01-2015/SUNAT/ 5C0000 prorrogo hasta el 18.4.2015 la entrada en vigencia de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 12-2014-SUNAT/5C0000 que modifico el procedimiento especifico "Reconocimiento Fisico ­ Extraccion y Analisis de Muestras" INTAPE.00.03 (version 3); y de la Resolucion de Intendencia Nacional N° 17-2014/SUNAT/5C0000 que modifico Circulares y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que establecen descripciones minimas de diversas mercancias a ser aplicadas en las intendencia de aduana Maritima del Callao, Paita, Salaverry, Chimbote, MORDAZA, Mollendo e Ilo, segun corresponda; Que con la finalidad de minimizar el impacto del cambio de sistema informatico y asegurar una mayor cantidad de pruebas en el Piloto del Sistema de Despacho Aduanero (SDA) para las transmisiones electronicas de declaraciones de Importacion para el Consumo bajo las modalidades de despacho anticipado y urgente, resulta necesario implantar el SDA en la Intendencia de Aduana Maritima del Callao para el regimen de Importacion para el Consumo de manera progresiva, en dos fases segun la modalidad de despacho; Que en tal sentido se debe fijar el 30.6.2015 como fecha de entrada en vigencia de las resoluciones de intendencia nacional senaladas en el primer y MORDAZA considerando de la presente Resolucion, para los despachos del regimen de Importacion para el Consumo bajo las modalidades anticipada y urgente y precisar que el 18.4.2015 entraran en vigencia las citadas resoluciones para los que se realicen bajo la modalidad excepcional que se soliciten en la Intendencia de Aduana Maritima del Callao; En merito a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 89° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la

Sustituyen relacion de Importadores Frecuentes aprobada con Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 002-2014-SUNAT/300000
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 00031-2015-SUNAT/300000 Callao, 14 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 193-2005-EF se establecieron medidas de facilitacion para el control del valor en aduana declarado por lo importadores y se dispuso que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas se apruebe la lista de importadores frecuentes, se incluya a nuevos importadores que cumplan con ciertos requisitos, o se excluyan a importadores frecuentes cuando incumplan los requisitos senalados en los literales a), f), g), h), i), j) o k) del articulo 2° del mencionado Decreto Supremo; Que el MORDAZA parrafo del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 193-2005-EF establece que la fecha de evaluacion para verificar que se cumplan con los requisitos es el 31 de MORDAZA de cada ano y el articulo 6º del mismo Decreto Supremo dispone que la SUNAT realizara evaluaciones periodicas para comprobar si los

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