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El Peruano Jueves 16 de abril de 2015 550724 Concejo Municipal apruebe la Ordenanza “Reglamento Marco del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Independencia”; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente bajo responsabilidad, conforme ley; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del Sistema de Planifi cación; Que, por otro lado, los numerales 14 y 34 del artículo 9º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, disponen como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de participación y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28058 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142–2009-EF, establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación de los presupuestos participativos, desarrollados en armonía con los planes de desarrollo concertados; Que, mediante Ley Nº 29298, modifi catoria de la Ley Nº 28056 “Ley del Marco del Presupuesto Participativo”, establece que los presupuestos participativos locales distritales incluyen programas y proyectos de impacto para su ámbito; asimismo, las fases y actividades que se requieren para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por ordenanza; Que, en concordancia con la Ley Nº 29298 se aprueba el Decreto Supremo Nº 097- 2009- EF, que establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto distrital; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposición Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010- EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, de carácter general y permanente, el cual es de alcance y aplicación de los Gobiernos Locales; el cual establece que antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes es necesario la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta el Proceso del Presupuesto participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes , entre otros que considere el pliego; Que, con la Ordenanza Nº 248-2011-MDI se aprobó el “Plan de Desarrollo Local Concertado (Actualizado) del Distrito de Independencia al 2021”, documento de gestión del sistema de planifi cación y guía para la acción en el largo plazo, orientada a convocar y enfocar recursos y esfuerzos individuales e institucionales para la construcción del desarrollo en base al consenso de los actores sociales del Distrito de Independencia; el mismo que en su Línea Estratégica de Desarrollo Nº 4 propone un “Gobierno Local Democrático, Moderno, con Gobierno Electrónico y una Población Organizada y Participativa”; Que, es necesario establecer el marco normativo multianual del Proceso del Presupuesto Participativo, dentro del cual los representantes de la sociedad civil van a participar en el proceso de su formulación; Que, en tal razón, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización ha elaborado la propuesta de Ordenanza Reglamento Marco del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Independencia, el cual cuenta con los aportes de la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal y de la Gerencia de Asesoría Legal; Estando a lo opinado a través de los documentos del Visto y al Dictamen Nº 001-2015-CEPPOM/MDI de la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto, Organización y Modernización; Contando con el voto aprobatorio por Mayoría de los señores Regidores; con la dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta; el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y en los numerales 8) y 14) del Artículo Nº 9 y los Artículos 39 y 40 de la Ley Nº 29792 “Ley Orgánica de las Municipalidades” aprobó la siguiente Ordenanza: Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú y en los numerales 8) y 14) del Artículo Nº 9 y los Artículos 39 y 40 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de las Municipalidades”, el Concejo Municipal con el voto a favor del los señores Regidores: José Luis Vilca Vega, Víctor Raúl Zarate Ynfantes, Emiliano Muñoz Vergara, Edith Betty Martínez Mendoza, Joel Teran Cabanillas, Delia Salazar Araujo, Pedro Poma De la Cruz, María del Carmen Valencia Casas y con 3 abstenciones de los señores Regidores: Grover Tamara Sarmiento, Jhon Erick Zarate Aliaga, Wilmer Flores Astorayme, presentes en esta Sesión de Concejo, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, acordó lo siguiente: “REGLAMENTO MARCO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Marco para el Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que consta de cuatro (04) Títulos, Ocho (08) Capítulos, Diecisiete (17) Artículos, Tres (3) Disposiciones Transitorias y Tres (03) Disposiciones Finales, los mismos que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Concejo Municipal la aprobación del Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo en el mes de Enero de cada año; facultando al Alcalde para que efectué la Convocatoria del Proceso del Presupuesto Participativo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional: www.muniindependencia.gob.pe. de acuerdo a Ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde “REGLAMENTO MARCO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO I FINALIDAD, BASE LEGAL, PRINCIPIOS RECTORES Y OBJETIVOS DEL PROCESO Artículo 1º.- Finalidad La fi nalidad de la presente norma está orientada a que mediante los mecanismos y procedimientos que se