Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

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por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, creandose la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres como organo de linea a traves del cual la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce las funciones de Ente Rector del SINAGERD; Que, el numeral 43.B.8 del articulo 43.B del mencionado Reglamento de Organizacion y Funciones senala que la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, tiene entre otras funciones, la de promover la integracion de esfuerzos entre el sector publico, el sector privado y la sociedad civil con el objeto de garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, tecnicos, administrativos y economicos que MORDAZA indispensables para los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres, con la finalidad de articular actividades de prevencion y reduccion del riesgo, asi como de preparacion que permita mejorar las actividades de respuesta en caso de una emergencia o desastre, en el MORDAZA de las competencias de cada sector interviniente, consolidando con ello, los esfuerzos del Gobierno Nacional orientados a intervenir en aquellas zonas criticas que por su ubicacion territorial, la presencia del Estado se dificulta (altoandinas y selva), ha elaborado el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015", priorizando la intervencion en dieciocho (18) zonas que seran beneficiadas con medidas ante Heladas (193 distritos) y Friaje (32 distritos); Que, las entidades publicas involucradas cuentan con sus respectivos presupuestos Institucionales para implementar las medidas sostenibles senaladas en el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015"; Que, en atencion a lo expuesto, es necesario aprobar el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015"; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; el Decreto Supremo N° 034-2014-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ PLANAGERD 2014-2021; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015 Apruebese el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015", que en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, para la articulacion multisectorial de intervenciones del Gobierno Nacional en los distritos priorizados ante heladas y friaje. Articulo 2.- Entidades Competentes Las entidades publicas competentes para la ejecucion del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015", son todas aquellas que se encuentran consignadas en el mencionado Plan aprobado en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, las que podran implementar procedimientos y mecanismos en el MORDAZA de sus competencias para el cumplimiento de las acciones consignadas en el Plan aprobado, debiendo coordinar con la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, cualquier cambio que sea necesario efectuar para su inclusion en el mencionado Plan. Articulo 3.- Financiamiento El costo que genere la aplicacion del presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y conforme a las disposiciones legales vigentes. Articulo 4.- Medidas Complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros en su calidad de ente rector del Sistema, podra dictar las medidas complementarias que MORDAZA necesarias para garantizar el cumplimiento a nivel nacional, de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, segun el cual es responsable de conducir, supervisar y fiscalizar el adecuado funcionamiento del Sistema; Que, por Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, Decreto Supremo que incorpora la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres como Politica Nacional de obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, se establece que esta politica es de alcance para todas las entidades publicas, en todos los niveles de gobierno, senaladas en el articulo 5 del Titulo II de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres; su implementacion se ejecuta con cargo al presupuesto institucional de las entidades correspondientes; correspondiendo a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion de Riesgo de Desastres (CENEPRED) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), segun corresponda, supervisar la ejecucion, implementacion y cumplimiento de la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, en las entidades publicas de todos los niveles de gobierno, senaladas en el aludido articulo 5; Que, esta Politica Nacional orienta la actuacion de todos los actores involucrados que interactuan de manera articulada y participativa en la GRD, con la finalidad de proteger la integridad de la MORDAZA de las personas, su patrimonio y propender hacia un desarrollo sostenible del pais; por lo que las politicas publicas y normas en materia de GRD de caracter sectorial, regional y local se disenan e implementan en concordancia con lo establecido en la mencionada politica en articulacion con los correspondientes Programas Presupuestales, Plan Nacional de Operaciones de Emergencia, Planes Sectoriales, Regionales, Municipales y Planes de Desarrollo, entre otros; Que, todos los anos varios departamentos de la MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA experimentan la presencia de bajas temperaturas, generando efectos negativos en la MORDAZA, salud, en la educacion, en la actividad MORDAZA y ganadera, entre otros, en las poblaciones que residen en las mencionadas zonas, y se encuentran en una situacion de mayor vulnerabilidad, sea por su condicion social (pobreza y pobreza extrema), por su ciclo de MORDAZA (ninos, ninas, ancianos, enfermos, etc.) y sobre todo por su ubicacion territorial, lo que no solo afecta su forma de MORDAZA, sino tambien tiene efectos negativos en la economia local; Que, por Decreto Supremo N° 034-2014-PCM se aprobo el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ PLANAGERD 2014-2021, que en lo referido a los lineamientos para la estrategia de implementacion, senala que en el MORDAZA de implementacion tiene que desarrollarse los planes especificos por MORDAZA establecidos en el Reglamento de la Ley N° 29664, asi como los planes y mecanismos de coordinacion multisectorial, tales como el Plan Multisectorial ante heladas y friaje; Que, de acuerdo con el literal b) de la Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, corresponde al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento realizar en el ambito del Programa Nacional "Tambos", la adquisicion de bienes, servicios y equipamiento necesarios para su implementacion, asi como para la ejecucion de actividades que se requieran en el MORDAZA del SINAGERD; siendo que el citado Programa Nacional, en su ambito de influencia, es responsable de conducir la coordinacion de las acciones para la prevencion, mitigacion y atencion ante fenomenos naturales de heladas y friaje; Que, conforme a la Ley N° 30290, Ley que establece medidas para promover la ejecucion de viviendas rurales seguras e idoneas en el ambito rural, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves del Programa Nacional de Vivienda Rural promueve precisamente la ejecucion de viviendas rurales seguras en beneficio de las poblaciones mas vulnerables o afectadas por los efectos de deslizamiento asociados a precipitaciones pluviales intensas, sismos o a la temporada de friaje y helada, a fin de que cuenten con viviendas que reunan las condiciones adecuadas que las MORDAZA habitables, contribuyendo a su inclusion social; Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2013-PCM, se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado

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