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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550836 Establecen plazo para el depósito de los otros recursos extraordinarios a los que se refiere el numeral 4 del Anexo del Decreto Supremo N° 142-2004-EF DECRETO SUPREMO N° 089-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 142- 2004-EF, que aprueba Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004, referido a la creación del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, establece como recursos a ser depositados en la cuenta que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico, los otros recursos extraordinarios a los que hace referencia el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modifi catorias; Que, el Anexo del Decreto Supremo N° 142-2004-EF establece el procedimiento para la determinación del monto de los otros recursos extraordinarios a ser depositados por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, así como la fecha máxima para efectuar dicho depósito; Que, resulta pertinente postergar la fecha en la que se tiene que efectuar el antes mencionado depósito; De conformidad con lo establecido en el numerales 8) y 17) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación del Plazo Autorízase a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de manera excepcional, por el Año Fiscal 2015, a realizar la transferencia de los otros recursos extraordinarios a que se refi ere el numeral 4 del Anexo del Decreto Supremo N° 142-2004-EF, Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004, referido a la creación del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, dentro de los treinta (30) días posteriores a la comunicación del monto determinado por la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1226479-3 Autorizan viaje de Director Ejecutivo (e) del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas a Singapur, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2015-EF Lima, 17 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 9 de abril de 2015, International Enterprise Singapore, Agencia Gubernamental del Ministerio de Comercio e Industria de Singapur, a nombre del IE Singapore y del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), cursa invitación al señor Alfonso Jesús Garcés Manyari, Director Ejecutivo (e) del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en una Misión Técnica a la ciudad de Singapur, República de Singapur, a llevarse a cabo del 4 al 8 de mayo de 2015; Que, la Misión Técnica a Singapur tiene como objetivo impulsar y fortalecer la cooperación bilateral en materia de planeamiento, urbanismo, transporte y gobierno electrónico entre las economías del Perú y Singapur; asimismo, contará con talleres, encuentros con agencias gubernamentales y visitas a empresas locales cuya experiencia resulta relevante para el Perú, a fi n de tratar diversos temas de interés tales como las políticas públicas de desarrollo de la vivienda, el sistema de transporte terrestre, el sistema de Metro en Singapur, el desarrollo aeroportuario y portuario, así como el sistema de transporte inteligente, el Gobierno electrónico y las experiencias compartidas con los países de Chile, Panamá y Trinidad y Tobago; Que, el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas tiene entre sus funciones, la evaluación, seguimiento, facilitación y simplifi cación administrativa que permitan una efectiva promoción y ejecución de la inversión privada y público- privada; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que el señor Alfonso Jesús Garcés Manyari, Director Ejecutivo (e) del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión, participe en la Misión Técnica a Singapur por la vinculación de los temas a tratar con los aspectos que se encuentran bajo el ámbito del mencionado Equipo Especializado; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por conceptos de hospedaje que se deriven de la participación en la referida Misión, serán asumidos por International Enterprice Singapore y por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), mientras que los pasajes aéreos y los viáticos correspondientes a los conceptos de alimentación y traslados serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01– Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modifi cada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Alfonso Jesús Garcés Manyari, Director Ejecutivo (e) del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas, del 1 al 9 de mayo de 2015, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 2 657,32 Viáticos (5 + 1 día) : US $ 1 200,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario