Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

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hasta la obtencion de los resultados del analisis. El costo del diagnostico sera asumido por el importador. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1225227-6

Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 00022012-AG-SENASA-DSV, de fecha 20 de enero de 2012 y modificatoria, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde figuran agrupadas las plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra determinado en forma ascendente; Que, ante el interes en importar a nuestro MORDAZA semilla de canola (Brassica napus) de origen y procedencia Francia; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; Que, culminado el MORDAZA de consulta publica nacional a traves del MORDAZA del SENASA e internacional de acuerdo a la notificacion G/SPS/N/PER/588 de la Organizacion Mundial del Comercio, resulta necesario aprobar y publicar los requisitos fitosanitarios para la importacion de semilla de colza/canola de origen y procedencia Francia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modificatoria y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semilla de canola (Brassica napus) de origen y procedencia MORDAZA de la siguiente manera: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaracion adicional: 2.1.1. Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionados por la Organizacion de Proteccion Fitosanitaria del MORDAZA de origen y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. syringae, Pseudomonas cichorii, Leptosphaeria maculans, Broad bean wilt virus. 2.1.2. Producto esta libre de Alternaria brassicicola, Mycosphaerella brassicicola, Corcyra cephalonica, Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Alopecurus myosuroides, Amaranthus retroflexus, Elymus repens, Fumaria officinalis, Heliotropium europaeum, Lolium rigidum, Orobanche ramose, Phalaris paradoxa Polygonum lapathifolium, Sonchus arvensis. 2.2. Tratamiento de desinfeccion pre embarque con Captan (i.a.) 2.4 gr/Kg de semilla o Thiram (i.a) 2 gr/Kg. de semilla o cualquier otro producto equivalente. 3. El producto estara contenido en envases nuevos y de primer uso (excepto para productos a granel). 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 5. El Inspector de Cuarentena Vegetal, tomara una muestra de las semillas para su remision a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fin de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaracion adicional. El envio quedara retenido

Designan funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo de PROVRAEM al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 025-2015-DE/PROVRAEM San MORDAZA - Ayna, 30 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, senala que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de su programa "Red CIL Proempleo", proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado, a efectos del cumplimiento del articulo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que sera difundida por MORDAZA 7 y Radio y Television del Peru, con el objeto de garantizar y promover la igualdad de oportunidades y la transparencia en el acceso a los puestos del sector publico y privado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, se dictan disposiciones reglamentarias de la Ley 27736, disponiendose la obligacion de los organismos publicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; estando obligados a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, para lo cual deben designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designacion debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, estando a los fundamentos expuestos, y de conformidad con lo estipulado en la Ley Nº 27736, Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a la Directora de la Oficina de Administracion del Proyecto de Desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Ene y Mantaro ­ PROVRAEM, como funcionaria responsable de remitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo al Programa "Red CIL Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Proyecto Especial de Desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro - PROVRAEM 1225515-1

Designan Sub Director de la Sub Direccion de Gestion de Recursos Naturales de la Direccion de Gestion de Recursos Naturales, Riesgos y Cambio Climatico de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 100-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2015

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