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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550833 y Guardacostas ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE para el año 2014, y al haberse producido cambios de colocación de los ofi ciales nombrados, se requiere de una nueva designación. Que, es conveniente para los intereses institucionales, continuar con la participación de la Marina de Guerra del Perú ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanías y Guardacostas y a lo opinado por el Comandante General de la Marina. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas-DICAPI, ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, para el periodo 2015, a los Ofi ciales Superiores siguientes: Titular: Capitán de Fragata Humberto Carlos RAINERO Valcárcel DNI. 07268040 Alterno: Capitán de Corbeta Francisco Miguel VILCHEZ Castillo DNI. 43417213 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1225918-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 333-2015 DE/ Lima, 16 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 267 del 13 de abril de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1390 CCFFAA/OAI/UAI, del 14 de abril de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 23 de abril de 2015, con la fi nalidad de participar en la XIV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina, que se llevará a cabo en las ciudades de Lima y Cusco; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cinco (05) militares de la República Argentina, del 20 al 23 de abril de 2015, con la fi nalidad de participar en la XIV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina, que se llevará a cabo en las ciudades de Lima y Cusco. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209. 1225919-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2015 DE/SG Lima, 17 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 280 del 16 de abril de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-1698, del 16 de abril de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Colombia; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 22 de abril de 2015, con la fi nalidad de efectuar una visita a las instalaciones del Sistema de Control de Tráfi co Marítimo y Centro de Vigilancia y Control (SIMTRAC), ubicado en la Provincia Constitucional del Callao; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito