Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 5.- Publicacion El "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2015" aprobado por el articulo 1 de la presente MORDAZA, debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) en la fecha de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los(as) Ministros(as) de Salud; Mujer y Poblaciones Vulnerables; Agricultura y Riego; Educacion; Vivienda, Construccion y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones; Energia y Minas; Interior; Ambiente y Cultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MORDAZA ALVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1226479-1

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 067-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 102-2015-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1226301-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de MORDAZA de origen y procedencia Nicaragua
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0016-2015-MINAGRI-SENASA-DSV 30 de marzo de 2015 VISTO: El Informe ARP Nº 001-2015-MINAGRI-SENASADSV-SARVF de fecha 07 de enero de 2015, el cual identifica y evalua los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios de semillas de MORDAZA (Pinus spp.) de origen y procedencia Nicaragua, y ; CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del articulo 12° del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, senala que el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente; Que, ante el interes en importar a nuestro MORDAZA semillas de MORDAZA (Pinus spp.) de origen y procedencia Nicaragua; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;

Dejan sin efecto la R.M. Nº 1022015-PCM, que designo Asesor II del Despacho Ministerial de la PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 105-2015-PCM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 102-2015PCM publicada el 11 de MORDAZA de 2015, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en atencion a las razones personales expuestas por la referida funcionaria, resulta conveniente dejar sin efecto la designacion efectuada; De conformidad con la Ley N° 27594, ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 9) del articulo 19 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones

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