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El Peruano Sábado 25 de abril de 2015 551386 surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma, que postergue su vigencia; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Resolución Suprema N° 004-2013-SA, los cargos de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones y de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, están califi cados como empleados de confi anza; Que, asimismo, en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Seguro Integral de Salud, se encuentra previsto y vacante el cargo de Asesor de Secretaría General; Que, en ese sentido, resulta conveniente aceptar las renuncias formuladas y designar a los profesionales que ejercerán los cargos de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Asesor de Secretaría General; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594; el Decreto Legislativo N° 1057; la Ley N° 29849; el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 065- 2011-PCM; y, los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la Médico Cirujano Nilda Terrones Valera al cargo de confi anza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, a partir del 1 de mayo de 2015, dándole las gracias por la labor desempeñada. Artículo 2.- Aceptar la renuncia presentada por el Abogado Ivan Alfredo Zanetti Peinado al cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, a partir del 1 de mayo de 2015, dándole las gracias por la labor desempeñada. Artículo 3.- Designar al Médico Cirujano Jaime Moreno Eustaquio en el cargo de confi anza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, a partir del 1 de mayo de 2015. Artículo 4.- Designar al Abogado Juan Ignacio Pinedo Loyola en el cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, a partir del 1 de mayo de 2015. Artículo 5.- Designar a la Médico Cirujano Nilda Terrones Valera en el cargo de confi anza de Asesora de la Secretaría General, a partir del 1 de mayo de 2015. Artículo 6.- Disponer que mientras duren las designaciones dispuestas en los artículos 4 y 5 de la presente Resolución Jefatural, las plazas CAP Nº 41 y 143, quedan suspendidas y son reservadas al Abogado Juan Ignacio Pinedo Loyola y a la Médico Cirujano Nilda Terrones Valera, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1229490-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban transferencia predial interestatal a título gratuito de predios, a favor de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 0301-2015/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 22 de abril de 2015 VISTO: El Expediente Nº 201-2015/SBNSDDI, que contiene la solicitud presentada por la AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTES MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE, representado por el Director Ejecutivo José Zarate Garay, mediante la cual peticiona la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TÍTULO GRATUITO del área de 20 166.98 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del MINISTERIO DE DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en la Partida Nº 70357918 del Registro de Predios del Callao, con Registro SINABIP 4683 y CUS Nº 90129, en adelante “el predio 1”; el área de 115 097.57 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del MINISTERIO DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ, en la Partida Nº 70266563 del Registro de Predios del Callao, con Registro SINABIP Nº 2086 del Libro Callao y CUS Nº 53023, en adelante “el predio 2”; el área de 4 665.66 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del MINISTERIO DE DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en la Partida Nº 70381596 del Registro de Predios del Callao, con Registro SINABIP Nº 3129 de Libro Callao y CUS Nº 59343, en adelante “el predio 3”; el área de 9 765.03 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del MINISTERIO DE DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en la Partida Nº 70207604 del Registro de Predios del Callao con Registro SINABIP Nº 1807 del Libro de Callao y CUS Nº 14890, en adelante “el predio 4”; y, el área de 15 959.87 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del ESTADO – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en la Partida Nº 07015543 del Registro de Predios del Callao, con Registro SINABIP Nº 180 del Libro de Callao CUS Nº 13271, en adelante “el predio 5”; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante la Ley), y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias (en adelante el Reglamento), así como al Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, y tiene como fi nalidad lograr el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN. 3. Que, mediante Ofi cio Nº 057-2015-MTC/33 del 17 de marzo de 2015 (S.I. Nº 05515-2015) la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transportes Masivo de Lima y Callao – AATE (en adelante el “AATE”) representado por el Director Ejecutivo José Zarate Garay solicita la independización y transferencia predial interestatal a título gratuito de “el predio 1”, “el predio 2”, “el predio 3”, “el predio 4” y “el predio 5”, en aplicación de la Ley Nº 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura”, (en adelante la “Ley Nº 30025”). Para tal efecto, cumple con adjuntar los documentos siguientes: 1) Informe Nº 007-2015.YEHS/STG del 27 de febrero de 2015 suscrito por la abogada Sofía Trece Gallardo y el arquitecto Yonson Edmundo Hidalgo Salazar; 2) copia de la Partida Nº 70357918 del Registro de Predios del Callao; 3) copia de la Partida Nº 70266563 del Registro de Predios del Callao;