Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2015 (05/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de agosto de 2015 /

El Peruano

meses las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de agua potable, alcantarillado, electrificación, pavimentación de pistas y veredas del terreno de 14,900.00 m2, computados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Las obras deberán sujetarse al plano firmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especificaciones siguientes:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 14,900.00 Área Útil 7,400.12 Área Recreación Pública 1,197.60 Área Parques Zonales 298.77 Área Renovación Urbana 149.00 Área Ministerio de Educación 298.35 Área Municipalidad Distrital 298.45 Área de Vías 5,257.71

Las obras se ejecutarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas: AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL y acorde con las consideraciones establecidas en la Carta Nº 2863-2012-EGP-N de fecha 26 de Noviembre del 2012, emitida por dicha empresa de servicio, en la cual se otorga la factibilidad de los servicios de agua potable y alcantarillado. ALUMBRADO DOMICILIARIAS: PÚBLICO Y CONEXIONES

sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m, y el acabado será con mezcla cemento - arena fina en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinado y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f c =175 Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE ­ U.190 "ADECUACIÓN URBANÍSTA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de febrero del 2001. Asimismo, el cuadro de aportes reglamentarios para las áreas asignadas con Zonificación Residencial de Densidad Media "R4" es la siguiente:
ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA "R4" APORTE % ORD. 836-MML PROYECTO DÉFICIT Recreación Pública 7 1,043.00 1,197.60 0.00 Ministerio de Educación 2 298.00 298.35 0.00 Renovación Urbana Parques Zonales Servicios Públicos Complementarios 1 2 2 149.00 298.00 298.00 149.00 298.77 298.45 0.00 0.00 0.00

Obras Eléctricas.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de las empresas de Telefonía para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 1/2", finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc=175 Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará

Artículo Tercero.- DISPONER la preindependización y anotación preventiva de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, con un total de 59 lotes (55 lotes de vivienda, 1 lote destinado al Ministerio de Educación, 1 lote destinado a Serpar Lima, 1 lote destinado a Servicios Públicos Complementarios y 1 lote destinado a Renovación Urbana), distribuidos a 6 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 y su reglamento aprobado mediante D.S. 008-2013-VIVIENDA. Artículo Quinto.- DISPONER a AUGUSTO MELLADO MENDEZ y FELICITA SILVA CORNEJO DE MELLADO, la publicación en el Diario Oficial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles de haber tomado válido conocimiento de citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales fines. Artículo Sexto.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, para efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana Nueva materia de autos, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al Ministerio de Educación, a Serpar Lima, a Fomur y a la Superintendencia de Bienes Estatales, para su conocimiento. Artículo Séptimo.- COMUNICAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico de la Habilitación Urbana Nueva a que se refiere el artículo primero de la presente resolución. Artículo Octavo.- NOTIFICAR conforme a Ley a AUGUSTO MELLADO MENDEZ y FELICITA SILVA CORNEJO DE MELLADO, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CATHERINE DÍAZ VELÁSQUEZ Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1269305-1

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