Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2015 (05/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de agosto de 2015 /

El Peruano

Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 260-MDPP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la misma; Que, en ese sentido resulta pertinente acoger la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria y prorrogar la vigencia de los beneficios tributarios y no tributarios aprobado por el Concejo Distrital de Puente Piedra mediante Ordenanza Nº 260-MDPP; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza Nº 260-MDPP. DECRETA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 31 de agosto de 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 260-MDPP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Electrónico, y demás órganos competentes, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1270025-1

el cumplimiento y verificación de la Meta 01: " Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en viviendas urbanas en el distrito, según el porcentaje establecido en el instructivo", en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015; Que, el referido instructivo para el cumplimiento de la Meta 01, establece, entre otros, que a tal efecto se realizan las siguientes acciones: CUARTO PASO, Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en viviendas urbanas del distrito, según porcentaje establecido en el instructivo, el cual es el 29% del total más 1% adicional; Que, con fecha 25 de julio de 2014 mediante Decreto de Alcaldía N°016-2014-MSB-A se aprobó la actualización del Programa de Segregación en la Fuente para el año 2014, con el objeto de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos del distrito; Que de acuerdo al Informe N° 072-2015-MSBGMAOP se determina la necesidad de actualizar el programa aprobado por el Decreto de Alcaldía precitado, incorporando los datos obtenidos a partir de las nuevas viviendas empadronadas y los nuevos lineamientos del Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Estando a los fundamentos expuestos, de conformidad con las facultades otorgadas en el artículo 42° de la Ley N°27972; con el visto bueno de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas, Gerencia de Planificación Estratégica, Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR "La Actualización del Programa de Segregación en la Fuente 2015", incorporando el empadronamiento de los vecinos en el Programa, de conformidad con lo prescrito en los instructivos para el Cumplimiento de las Metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de Gestión y Modernización Municipal año 2015, aprobado por Resolución Directoral N° 005-2015-EF/50.01, cuyo texto en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Portal de Transparencia Institucional, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1270164-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban "La Actualización del Programa de Segregación en la Fuente 2015"
DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2015-MSB-A San Borja, 31 de julio de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N°050­2015-MSB-GMAOP-LPC del especialista de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas de fecha 17 de julio de 2015, el Informe N°072­2015-MSB-GMAOP de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas de fecha 23 de julio de 2015; el Memorándum N°587-2015-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 30 de julio de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo de 1° de la Ley N° 27314 ­Ley General De Residuos Sólidos ­ establece las obligaciones y derechos, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambiental adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales, protección de la salud y el bienestar de la persona humana, precisando en su artículo 10° que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos de origen domiciliarios, comercial y de aquellas que generen residuos similares a estos y de la limpieza de los espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, mediante Ley N ° 29332 y modificatorias, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, cuyo objeto es incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales y la ejecución del gasto en inversión; Que, mediante Decreto Supremo N°015-2015­EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, y mediante Resolución Directoral N°005-2015-EF/50.01, se aprueban los instructivos para

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Ordenanza que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016
ORDENANZA Nº 302/MSJM San Juan de Miraflores, 31 de julio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Memorándum N° 2656-2015-GM-MDSJM, de fecha 20 de julio de 2015, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se adjunta el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Apertura del Presupuesto Participativo 2016 y su Reglamento, para que sea elevado al Concejo Municipal;

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