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559369 NORMAS LEGALES Lunes 17 de agosto de 2015 El Peruano / RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 474-2015 MTC/01.02 Lima, 13 de agosto de 2015VISTA:La Nota de Elevación N° 251-2015-MTC/20 de fecha 25 de junio de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de obras de infraestructura de interés nacional y de gran envergadura, entre las cuales se cita a la Obra de Infraestructura Vial, IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma – La Oroya – Huancayo y La Oroya – Desvío Cerro de Pasco), y, se autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, en su Sétima Disposición Complementaria Final establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede utilizar el procedimiento de adquisición por trato directo de inmuebles previsto por la Ley N° 27628, en aquellos inmuebles que resulten necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura vial de interés nacional y de gran envergadura, señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, que estén a cargo del Gobierno Nacional, siempre que tenga la posesión de dichos inmuebles antes de la emisión de la resolución ministerial a que se re fi ere el numeral 30.4 del artículo 30 de la Ley N° 30327; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, según el artículo 2 de la Ley N° 27628, el valor de la tasación es fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (actualmente, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento), considerando: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; siendo que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación; Que, el artículo 3º de la Ley N° 27628 prevé, que la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, la Dirección de Construcción), mediante O fi cio Nº 44-2014/VIVIENDA-VMCS- DGPRCS-DC, remite a la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, los Informes Técnicos de Tasación correspondientes a predios afectados por el Derecho de Vía de la Obra “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma – La Oroya – Huancayo y La Oroya – Desvío de Cerro de Pasco)”, en adelante, la Obra; Que, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 6592-2014-MTC/20.6, solicita gestionar una Resolución Ministerial que apruebe los valores totales de tasación de un (01) predio distribuido en dos (02) Informes Técnicos de Tasación; para tal efecto, adjunta el Informe N° 102-2014-NTM, de la Jefatura de Proyectos Pacri-UGE, mediante el cual se identi fi ca al predio afectado por la ejecución de la Obra, se constata que la titular del referido predio tiene su derecho de propiedad inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP y se determina los valores totales de tasación correspondiente; Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum Nº 473-2015-MTC/20.15, hace suyo el Informe N° 065-2015-NTM de la Jefatura de Liberación del Derecho de Vía – Obras Concesionadas, el cual señala que el procedimiento cumple lo establecido en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley 30327, por lo que corresponde continuar con el procedimiento de adquisición de inmuebles por trato directo bajo los alcances de la Ley Nº 27628; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe N° 1090-2014-MTC/20.3, ampliado a través del Informe Nº 490-2015-MTC/20.3, estando a lo señalado en los Informes Nros. 102-2014-NTM y 065-2015-NTM, concluye que es viable continuar con el procedimiento administrativo de aprobación de los valores totales de tasación correspondientes a un (01) predio, afectado por el Derecho de Vía de la Obra; Que, en los Informes Técnicos de Tasación del citado predio, elaborados por la Dirección Nacional de Construcción, se consigna como fecha de emisión el 15 de agosto de 2013; Que, en observancia del marco legal vigente y según lo recomendado por la Unidad Gerencial de Estudios, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal y la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, resulta procedente aprobar la tasación solicitada; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025, 30230, 30327 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el valor total de tasación de dos (02) áreas pertenecientes a un (01) predio afectado por el Derecho de Vía de la Obra “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma – La Oroya – Huancayo y La Oroya – Desvío de Cerro de Pasco)”, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíqueseJOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valor Total de Tasación de dos (02) áreas pertenecientes a un (01) predio afectado por el Derecho de Vía de la Obra “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma – La Oroya – Huancayo y La Oroya – Desvío de Cerro de Pasco)” ÍTEM CÓDIGOVALOR DE TASACIÓN (S/.)10 % ADICIONAL (S/.)VALOR TOTAL DE TASACIÓN (S/.) 1 ICT2-ENS5-01 51,550.00 5,155.00 56,705.002 ICT2-ENS6-01 57,850.00 5,785.00 63,635.00 1274549-1