Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2015 (19/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 19 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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debidamente aprobado por la Gerencia de Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete, forman parte de la zonificación aprobada en el artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- DISPONER que la Municipalidad Distrital de Asia, incorpore el Plano de Zonificación, lámina P-03 al Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Asia, aprobada en el artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Oficina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, la presente Ordenanza sea publicada en el portal de Municipalidad Provincial de Cañete por el término de 30 días. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Municipalidad Distrital de Asia, proceda a realizar la publicación de la presente Ordenanza, en el diario oficial El Peruano, en coordinación con la Gerencia de Secretaría General de esta institución Edil. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1275447-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
Autorizan viaje de Alcalde a Puerto Rico, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 071-2015-MDW/C EL CONCEJO MUNICIPAL DE WANCHAQ, EN SESION ORDINARIA DEL SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, PRESIDIDA POR EL ALCALDE ENCARGADO JUAN AMACHI COSIO Y LA CONCURRENCIA DE LOS REGIDORES SEÑORES: LEONOR MOGROVEJO NINAN, VLADIMIR TITO QUISPE GUTIERREZ, JUANA CAMERO HUAMAN, DANTE JOSE TALLEDO CANDIA, ALEXANDER JESUS VEGA CCAHUANA, SERGIO ROGEL PONCE VARGAS, JOSE MOZO AYMA Y ROSA EUSEBIA TEJADA ZUÑIGA; Y VISTOS: La Carta de la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones, el Informe Nº 182-2015-GPP-MDW/C, la Opinión Legal Nº 216-2015-OAL-GM/MDW; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Wanchaq es un órgano de Gobierno Local, que goza de autonomía económica, política y administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado. Ésta autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972-, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con la Carta de la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones, de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, se pone en conocimiento de ésta entidad la realización de la Cumbre Hemisférica de Alcaldes 2015 ­ IX Congreso Latinoamericano de Ciudad y Gobiernos Locales ­ a realizarse en la ciudad de San Juan, Puerto Rico, del 20 al 22 de agosto del 2015, dentro del cual se tratarán temas de suma importancia para toda Latinoamérica a cargo de especialistas en diferentes materias de interés social y gubernamental. Que, es de interés del Distrito de Wanchaq el contacto entre diferentes autoridades municipales de distintas latitudes, incluyendo al Alcalde de la Municipalidad

Distrital de Wanchaq, que producirá el intercambio de experiencias y la búsqueda de soluciones a problemas comunes, el análisis comparativo de la realidad municipal y una reflexión sobre la conveniencia de replicar en nuestro medio las experiencias y conocimientos adquiridos; brindando así la oportunidad de establecer futuros acuerdos y convenios de hermanamientos que fortalecerán la gestión municipal. Que, de acuerdo al Informe Nº 182-2015-GPPMDW/C, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa que en atención a lo que establece el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recurso públicos salvo (...) en el caso de los Gobiernos Locales que se autoriza por Concejo Municipal. Que, conforme a la Opinión Legal Nº 216-2015-OALGM/MDW el Asesor Legal opina por someter a consideración del Concejo Municipal para que mediante acuerdo autorice la representación del Acalde a la Cumbre Hemisférica de Alcaldes 2015 IX Congreso Latinoamericano de Ciudades y Gobiernos Locales. Que, el Numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidad realice el Alcalde, Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario, por lo que la autorización de viaje debe ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme se tiene del Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; y de acuerdo a lo normado por el Numeral 11º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del análisis y debate correspondiente por unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Wanchaq Econ. Willy Cuzmar Del Castillo a la ciudad de San Juan - Puerto Rico- del 20 al 22 de agosto del 2015 para los fines expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona autorizada a realizar el viaje deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios. Artículo Tercero.- Para el cálculo de los gastos respectivos éstese a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- DISPONER que las dependencias administrativas correspondientes realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. Dado en la Casa Municipal de Wanchaq, a los seis días del mes de agosto del dos mil quince. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JUAN AMACHI COSIO Alcalde (e) 1275126-1

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