Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2015 (19/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 19 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo 14º.- De la conformidad del servicio prestado En la ejecución de los servicios que presten los deudores, éstos deberán mantener la confidencialidad de la información a la cual tengan acceso durante el período del mismo. Asimismo, estarán sujetos a un sistema de supervisión y evaluación permanente por personal de la Corporación Municipal, orientado a verificar la conformidad de los mismos, en función a las condiciones técnicas contenidas en el contrato suscrito con la Municipalidad de Chaclacayo para dichos fines. La conformidad del término de los servicios prestados deberá ser comunicada a la Unidad de Logística por el Órgano correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las solicitudes de canje de deuda en trámite se deberán adecuar a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- El pago en bienes o servicios no es compatible con la aplicación de otros beneficios tributarios. Cuarta.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- Deróguese la Ordenanza N° 249-MDCH y toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1275664-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza que establece incentivos a través de sorteos entre los Vecinos Participantes del Programa de Segregación en la Fuente 2015 (VPSF)
ORDENANZA Nº 323-2015-MDI Independencia, 17 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 521-2015-SGLP/GGA/MDI de la Subgerencia de Limpieza Pública, Memorando Nº 673-2015-GGA/MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 302-2015GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 836-2015-GM/MDI de la Gerencia Municipal, sobre la aprobación de los Incentivos a los vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente 2015, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2015: y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" establece en su inciso 29) que corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el

régimen de administración de los servicios públicos locales. Asimismo, el Art. 55º de la misma Ley establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; Que de conformidad con el Artículo 43º del Título VII de la Ley Nº 27314 "Ley General de los Residuos Sólidos" se establece que "Las autoridades sectoriales y municipales establecerá condiciones favorables que directa o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento..."; Que de conformidad con el numeral 1) del Artículo 142º del Capítulo II del Título X del Decreto Supremo Nº057-2004-PCM, Reglamento de la Ley General de los Residuos Sólidos, se establece los "Beneficios Tributarios y Administrativos"; Que en su reglamento, el Decreto Supremo Nº005 -2010 MINAM, en su artículo 47º del capítulo I, del título VI, señala "La Municipalidad establecerá progresivamente un bono de incentivo dirigido a los vecinos que participan del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, para lo cual segregan sus residuos sólidos reaprovechables y los entregan a los recicladores autorizados por la Municipalidad, según la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana"; Que en el artículo 7º de la Ley Nº 29419 "Ley que regula la actividad de los Recicladores" establece que "Los gobiernos locales implementan Programas de Incentivos a la Segregación en la Fuente, los cuales pueden incluir compensaciones a los contribuyentes a través de la reducción del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, o como parte de programas de certificación ambiental de empresas o instituciones en general"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2015EF/50.01, se aprueba los instructivos para el cumplimiento de las metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2015; Que, el Instructivo para el Cumplimiento de la META Nº 01, anexo Nº 09, numeral 1.4 y 1.5 establecida por el MINAM en este año 2015, señalan "participación de entidades involucradas y de los beneficiarios" y "beneficios", respectivamente; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal con el voto por MAYORÍA, con ocho (08) votos a favor de los señores Regidores: Regidores: José Luis Vilca Vega, Víctor Raúl Zarate Ynfantes, Emiliano Muñoz Vergara, Edith Betty Martínez Mendoza, Joel Terán Cabanillas, Delia Salazar Araujo, Pedro Poma De la Cruz, y María del Carmen Valencia Casas y con tres (03) abstenciones de los señores Regidores: Grover Tamara Sarmiento, Jhon Erick Zarate Aliaga y Wilmer Flores Astorayme, presentes en esta Sesión de Concejo, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS A TRAVÉS DE SORTEOS ENTRE LOS VECINOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE 2015 (VPSF) Artículo Primero.- APROBAR los Incentivos que tienen por objeto promover el cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente 2015, a través de sorteos públicos entre los vecinos del distrito de Independencia, que participen constante y activamente de éste. Artículo Segundo.- Para ser reconocido como participante del Sorteo del PSF 2015, el vecino deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) El vecino (a) participante (mayor de edad) debe estar registrado (a) en el padrón del PSF 2015. b) Participar activamente en el PSF 2015, lo que implica la entrega de residuos sólidos reciclables almacenados en el transcurso de una semana al reciclador autorizado en su respectiva zona y horario establecido por el PSF 2015, durante 09 semanas, dentro de éstas, una semana es agregada por efectos de que el vecino no se encuentre en su vivienda.

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