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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (22/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 10

559744 NORMAS LEGALES Sábado 22 de agosto de 2015 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución Constitúyase el Grupo de Trabajo denominado “Comité de Diálogo, Negociación y Desarrollo” con la finalidad de proponer, debatir e implementar acciones que promuevan el desarrollo de la Comunidad Campesina de Vicco, en el distrito de Vicco, provincia y departamento de Pasco y la ejecución del proyecto minero “San Gregorio”, de la Sociedad Minera El Brocal S.A.A. Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo estará conformado por las siguientes partes: 1.1. La Comunidad Campesina de Vicco: a) Cuatro (04) representantes del Consejo Directivo de la Comunidad Campesina de Vicco. b) Cuatro (04) representantes de la Comisión de Fiscalización de la Comunidad Campesina de Vicco. c) Cuatro (04) representantes de los 04 Barrios constituidos al interior de la Comunidad, un representante por cada barrio. d) Dos (02) representantes de la Comunidad Campesina de Vicco, en calidad de veedores. 1.2. La Sociedad Minera “El Brocal” S.A.A. a) Tres (03) representantes de Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 1.3. La Ofi cina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros (ONDS- PCM) a) Dos (02) representantes de la Ofi cina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3.- Acreditación Los miembros del citado Grupo de Trabajo deberán acreditar a sus representantes, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial. La participación de sus integrantes será Ad Honorem. Artículo 4.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo constituido por el artículo 1 de la presente resolución, contará con una Secretaría Técnica, que estará a cargo de los representantes de la Ofi cina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, la que establecerá los mecanismos necesarios para la instalación, implementación y puesta en funcionamiento del referido grupo. Artículo 5.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo para el adecuado desarrollo de sus funciones, podrá convocar a profesionales, técnicos o especialistas, del sector público o privado, que coadyuven al mejor cumplimiento de su fi nalidad. Artículo 6.- Plazo El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, será de ciento veinte (120) días hábiles, contado a partir de la fecha de su instalación, para presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado sobre las acciones realizadas. Artículo 7.- Gastos El Grupo de Trabajo no irrogará gastos adicionales al tesoro público. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1277458-1 AGRICULTURA Y RIEGO Autorizan viaje de representante del INIA a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2015-MINAGRI Lima, 21 de agosto de 2015 VISTOS: El OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/122, de fecha 16 de octubre de 2014, del Encargado del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú; el correo electrónico de fecha 21 de julio de 2015, de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y el correo electrónico de fecha 05 de agosto de 2015, del Secretario Técnico de la Cadena Productiva de Café de la República de Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/122, de fecha 16 de octubre de 2014, el Encargado del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, remite al Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego una copia de la Declaración de Iquitos, suscrita en ocasión del Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Colombia, realizada en la ciudad de Iquitos, República del Perú, el 30 de setiembre de 2014; Que, el referido documento contiene los compromisos de los sectores nacionales para su cumplimiento, estableciéndose en el Grupo de Trabajo N° 3 “Cooperación Técnica y Científi ca”, Punto 9 del Anexo I, del Eje Temático I “Gobernanza, Asuntos Sociales y Desarrollo Sostenible” el compromiso de intercambio de asistencia y buenas prácticas en el ámbito agrícola y ganadero entre los Ministerios de Agricultura, ante lo cual Colombia ofrecerá asistencia en materia de Café (Institucionalidad de Investigación y Tratamiento de Plagas) y ganado bovino (Sistemas de Acopio, Reglamentación de producción láctea y transformación de productos lácteos), teniendo como plazo de cumplimiento el primer semestre de 2015; Que, en virtud de los compromisos señalados en el considerando precedente, mediante correo electrónico de fecha 21 de julio de 2015, la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego remite a la Consejera de la Embajada de Colombia en el Perú, la relación de personas que viajarán a la República de Colombia, para participar en las actividades programadas en el marco del Gabinete Binacional Perú - Colombia, correspondiente a la cadena productiva de café, entre las cuales se encuentra la ingeniera Ivana Cortez Juro, Especialista en Café de la Estación Experimental Agraria Pichanaki en la Dirección de Investigación Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; Que, la referida visita de la delegación peruana tiene como objetivo, entre otros, abordar temas sobre comercialización del café de Colombia y garantía de compra, experimentación y producción de semilla del café, nutrición del café y estudio de microorganismos de los suelos, así como tecnologías para el benefi cio y secado el café; Que, mediante correo electrónico de fecha 05 de agosto de 2015, el Secretario Técnico de la Cadena Productiva de Café de Colombia, en el marco del Gabinete Binacional Perú - Colombia, correspondiente a la cadena productiva de Café, comunica la agenda defi nitiva que se llevará a cabo en las ciudades de Bogotá y Pereira, República de Colombia, del 24 al 28 de agosto de 2015; Que, es de interés sectorial la participación de la representante del INIA en la referida visita a la República de Colombia, por cuanto permitirá, entre otros, la adquisición de nuevos conocimientos y nueva tecnología sobre el tratamiento del café, que coadyuvará al aumento de la tecnología en materia de café en el Perú; por lo que resulta procedente autorizar el viaje de la mencionada profesional, del 23 al 29 de agosto de 2015;