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560080 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2015 / El Peruano Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, con la fi nalidad de intervenir y aportar insumos en el desarrollo de los acuerdos internacionales que se adopten en materia económica, y que los mismos guarden consistencia con la política económica general de nuestro país; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y para el país participar en las Reuniones del APEC antes referidas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01– Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, del 4 al 13 de setiembre de 2015, a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 6 474.81 Viáticos (5 + 1 día) : US $ 3 000.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentarán la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1279665-1 EDUCACION Incorporan proyecto al Listado de Proyectos priorizados a ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 419-2015-MINEDU Lima, 26 de agosto de 2015Vistos, el O fi cio N° 915-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe N° 076-2015-MINEDU-VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Plani fi cación de Inversiones, y el Informe N° 588-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, y normas modi fi catorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2014-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la Ley N° 29230; Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230; Que, de acuerdo al artículo 4 del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-EF, la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad Pública; siendo que estos proyectos deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP. Asimismo, previo a la emisión de la resolución que prioriza los proyectos y su mantenimiento, la Entidad Pública deberá solicitar, mediante o fi cio, opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público - DGPP del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, respecto a la capacidad presupuestal con la que cuenta para el fi nanciamiento de los proyectos y su mantenimiento; y deberá emitir la lista de proyectos priorizados luego de obtener la opinión sobre capacidad presupuestal; Que, asimismo, el referido artículo 4 del Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264 establece que la lista de proyectos priorizados podrá ser actualizada durante el transcurso del año, sujetándose a lo establecido en el presente artículo; y que la resolución que aprueba la lista de proyectos priorizados será remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a fi n que la publique en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida; Que, mediante Resolución Ministerial N° 270-2015-MINEDU, se aprobó la priorización del Listado de Proyectos a ser fi nanciados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, y su Reglamento, el cual contiene doce (12) proyectos que se encuentran en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, que cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, expresando el nombre de cada uno, código SNIP y la proyección de los montos de su ejecución; Que, con el O fi cio N° 915-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa, solicita la actualización del listado de proyectos priorizados a través de la Resolución Ministerial N° 270-2015-MINEDU, para lo cual remite el Informe N° 076-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Plani fi cación de Inversiones, a través del cual señala que se requiere incorporar a la referida lista un (1) Proyecto de Inversión Pública – PIP con código N° 2283161 (antes con Código SNIP N° 325436), denominado “Creación del Servicio Centro Educativo Especializado para alumnos del 2do grado de secundaria de educación básica regular con alto desempeño académico de la Región de Ica”, a fi n de ejecutar el Colegio de Alto Rendimiento de la Región Ica, en adelante COAR ICA, bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, lo cual se encuentra en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local; precisando que el listado priorizado no incluye mantenimiento y que el proyecto que se requiere incorporar ha sido declarado viable y cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto