Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2015 (27/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 27 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

560079

el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la bióloga Rosa Milagros Vento Valencia, especialista de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, a la Ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, del 27 de agosto al 4 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva serán con cargo al Pliego Presupuestal N° 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, de acuerdo al siguiente detalle: ROSA MILAGROS VENTO VALENCIA Pasajes US$ 3,500.00 Viáticos US$ 3,570.00 Total US$ 7,070.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de su retorno al país, la servidora indicada en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las actividades y resultados materia de su participación, así como efectuar la rendición de cuentas correspondiente. Artículo 4.- Trascríbase la presente resolución a la Secretaría General, Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, Oficina General de Administración y a la servidora mencionada para los fines pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de la República del Ecuador, del 28 de agosto al 20 de octubre de 2015, con la finalidad de participar como Observador en la Cuarta Campaña de Acción Social a bordo de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) "RÍO NAPO". Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1279355-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario a Filipinas, en comisión de servicios

1279444-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 760-2015-DE/SG
Lima, 26 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 543 del 03 de agosto de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500- 3711, del 20 de agosto de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 28 de agosto al 20 de octubre de 2015, con la finalidad de participar como Observador en la Cuarta Campaña de Acción Social a bordo de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) "RÍO NAPO"; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2015-EF/43
Lima, 26 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, la "Segunda Reunión Ministerial de Reforma Estructural de APEC", así como la "Reunión de Ministros de Finanzas de APEC ­ 2015" y reuniones conexas, se llevarán a cabo del 7 al 11 de setiembre de 2015, en Mactán, Cebú, República de Filipinas; Que, el objetivo de las citadas reuniones es participar en las negociaciones sobre las materias económicas y financieras que permitan que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de la política económica de nuestro país y que dichos compromisos se vean reflejados en el "Plan de Acción de Cebú", la agenda de reforma estructural de APEC post2015 y en la Declaración de Ministros de Finanzas del presente año; Que, asimismo, la participación en las mencionadas reuniones es relevante para los intereses nacionales y de este Ministerio dado que está en línea con el objetivo de fortalecer el comercio de bienes, servicios e inversiones con la dinámica región de Asia, así como con las directrices de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema financiero y económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia y la prevalencia del enfoque macroprudencial; Que, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas tiene dentro de sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial;

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