Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2015 (27/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 27 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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policial en el evento indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú resultando de interés institucional y del país; debiendo señalarse que los gastos de alojamiento serán cubiertos por la Policía Nacional de Colombia a través de la Escuela Nacional de Operaciones Policiales (CENOP), mientras que los gastos de pasajes aéreos (ida y retorno) y alimentación serán asumidos por la por la Unidad Ejecutora Nº 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del pliego 007, Ministerio del Interior, en el marco de las disposiciones del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y , el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en misión de estudios del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Antonio Acosta Manzanares y del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú José Luis Cárdenas Prado, del 27 de agosto al 11 de noviembre de 2015, que se realizará en la Escuela Nacional de Operaciones Policiales (CENOP), ubicada en San Luis, Tolima, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora Nº 002 ­ Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:
Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Antonio Acosta Manzanares. Importe Meses Días Pers. Financ. 40% Total US$ Comp. Extra. US$ 10,693.80 2 15 1 4,953.83 4,953.83 Pasajes US$ 843.00 1 843.00 Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú José Luis Cárdenas Prado. Importe Meses Días Pers. Financ. 40% Total US$ Comp. Extra. US$ 8,485.22 2 15 1 4,871.00 4,871.00 Pasajes US$ 843.00 1 843.00

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado en proceso seguido ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York, de los Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 158-2015-JUS
Lima, 26 de agosto de 2015 VISTO, el Oficio Nº 3042-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47º, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, de conformidad con el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068, señala que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, asimismo el numeral 14.3 de la citada norma, determina que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propondrá al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos Ad Hoc y de los Procuradores Públicos Ad Hoc Adjuntos del Poder Ejecutivo, en los casos que así la necesidad lo requiera; Que, mediante Oficio Nº 1240-2015-EF/10.01 de fecha 06 de agosto de 2015, el Ministro de Economía y Finanzas, pone en conocimiento que con fecha 16 de julio de 2015, MMA Consultants 1, Inc., ha interpuesto una demanda contra la República del Perú, (Caso Nº 1:2015CV05551), ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York, de los Estados Unidos de América, exigiendo el pago del capital e intereses correspondientes a 14 (catorce) bonos denominados "$ 1,000 Certificates of Indebteness of Perú Bearing 7% Per Annum, in Gold", que fueron emitidos por el Estado peruano el año 1875, en la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América, como pago de la deuda que mantenía con los consignatarios del guano; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto designar a la señora abogada Patricia del Carmen Velasco Sáenz, como Procuradora Pública Ad Hoc, para que asuma la defensa de los intereses y derechos del Estado peruano en el proceso en mención, siendo pertinente emitir el acto correspondiente;

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

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