Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 29 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

560365

Prácticas de Mercadeo y Manufacturas BPMN (Versión 01), aprobados mediante el artículo 5º de la Resolución de Secretaría General Nº 059-2012-PROMPERÚ/SG y el artículo 1º de la Resolución de Secretaría General Nº 105-2011-PROMPERÚ/SG respectivamente. Artículo 6º.- Derogar el formato CAP-013: Ficha de Inscripción Programas y Talleres Especializados ADOC (Versión 01) del Procedimiento de Desarrollo de Programas y Talleres Especializados ADOC (Versión 01), aprobados mediante el artículo 1º de la Resolución de Secretaría General Nº 105-2011-PROMPERÚ/SG. Artículo 7º.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2016, la aplicación de los descuentos establecidos en la sección correspondiente a la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, para los siguientes servicios: a) Servicio Nº 5: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones y b) Servicio Nº 6: Participación en Ruedas de Negocios Los descuentos establecidos en el artículo 2 de la Resolución de Secretaría General Nº 148-2015-PROMPERÚ/SG, mantendrán su plena vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015. Artículo 8º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 9º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1279945-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencia financiera a favor del Instituto Tecnológico de la Producción
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 111-2015-CONCYTEC-P Lima, 27 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 012-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Oficio Nº 277-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva (e) del FONDECYT, el Informe Nº 231-2015-CONCYTECOGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC y el Informe Nº 218-2015-CONCYTEC-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e

innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM; Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley Nº 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015; Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P, Nº 091-2015-CONCYTEC-P y Nº 108-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final; Que, mediante Oficio Nº 277-2015-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una transferencia financiera por la suma de Sesenta y Nueve Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 69,900.00), a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, institución ganadora de la Convocatoria 2015 - II "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015", conforme a lo establecido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 064-2015-FONDECYT-DE, de fecha 24 de abril del 2015; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 012-2015-FONDECYTUPP-UAJ-USM-UES, mediante el cual los responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo, la Unidad de Selección y Evaluación, y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de la transferencia financiera por un monto total de Sesenta y Nueve Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 69,900.00) a favor del Instituto Tecnológico de la Producción para cofinanciar el programa "Seminario Internacional de Innovaciones en la Cadena Productiva de la Acuicultura" en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, adjuntan además la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000290, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 064-2015-FONDECYT-DE por la cual se aprueban los resultados del Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015" correspondiente a la Convocatoria 2015 - II y copia del Convenio de Subvención Nº 056-2015-FONDECYT; Que, mediante Informe Nº 231-2015-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que se ha verificado lo informado por la Unidad Ejecutora FONDECYT, concluyendo que la transferencia financiera solicitada por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de Sesenta y Nueve Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 69,900.00);

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.