TEXTO PAGINA: 66
560368 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2015 / El Peruano Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 321-2015-INEI Lima, 28 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 217, 255, 283 y 305-2015-INEI, se aprobaron los Índices Unifi cados de Precios, para las seis áreas geográfi cas correspondientes a los meses de junio y julio de 2015; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 045-2015-MTPE/2.14, con fecha 6 de agosto de 2015, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2015-2016, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 19 de agosto de 2015, con el Auto Directoral General Nº 153-2015-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su jornal básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2015; Que, para tal efecto resulta necesario modifi car el Índice Unifi cado de Mano de Obra de los meses de junio y julio de 2015, para las seis áreas geográfi cas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Índice Unifi cado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográfi cas, de los meses de junio y julio de 2015, en la forma siguiente: CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA AÑO 2015 ÍNDICES MES ANTERIOR MODIFICADO JUNIO JULIO 523,15 523,15 544,59 544,59 Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a julio de 2015, deberán utilizar para la fi jación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales Nºs. 217, 255, 283 y 305-2015-INEI, que aprobaron los Índices Unifi cados correspondientes a dichos meses. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1280504-1 Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondiente a los meses de junio y julio de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 322-2015-INEI Lima, 28 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nºs. 256 y 306-2015-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edifi cación, correspondientes a las seis (06) áreas geográfi cas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio y julio; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 045-2015-MTPE/2.14, con fecha 6 de agosto de 2015, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2015-2016, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 19 de agosto de 2015, con el Auto Directoral General Nº 153-2015-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su jornal básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2015; Que, resulta pertinente modifi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edifi cación para las seis (06) áreas geográfi cas correspondientes a los meses de junio y julio de 2015; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edifi cación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográfi cas, correspondiente a los meses de junio y julio de 2015, que se indica a continuación: FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2015 (*) ÁREAS GEOGRÁFICAS No. OBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total 1 1,0112 0,9976 1,0088 1,0130 0,9999 1,0129 1,0106 0,9966 1,0072 1,0141 0,9999 1,0140 2 1,0109 0,9982 1,0091 1,0126 1,0007 1,0133 1,0105 0,9973 1,0078 1,0138 1,0005 1,0143 3 1,0103 0,9984 1,0087 1,0117 1,0010 1,0127 1,0099 0,9976 1,0075 1,0130 1,0009 1,0139 4 1,0111 0,9976 1,0087 1,0126 1,0001 1,0127 1,0106 0,9967 1,0073 1,0139 1,0000 1,0139 5 1,0112 0,9982 1,0094 1,0128 1,0009 1,0137 1,0105 0,9973 1,0078 1,0140 1,0007 1,0147 6 1,0107 0,9995 1,0102 1,0121 1,0028 1,0149 1,0102 0,9984 1,0086 1,0134 1,0021 1,0155 (*) En base al Convenio Colectivo de fecha 6 de agosto de 2015, Exp. Nº 045-2015-MTPE/2.14.