Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de agosto de 2015 /

El Peruano

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000290 de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, se financiará el Esquema Financiero EF 012: "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación"; Que, con el Informe Nº 218-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal N° 012-2015-FONDECYT-UPPUAJ-USM-UES, y en el informe presupuestal de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Literal a.2) del Numeral 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP; Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar la transferencia financiera solicitada por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma total de Sesenta y Nueve Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 69,900.00); Con el visado del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT, y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo Nº 026-2014PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada por Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P, Nº 091-2015-CONCYTEC-P y Nº 108-2015-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de Sesenta y Nueve Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 69,900.00), en el marco de lo dispuesto en el Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al detalle siguiente:
Tipo de cofinanciamiento Transferencia financiera (entidad pública) Monto aprobado S/. 69,900.00 Monto Total S/. 69,900.00 69,900.00

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 313-2015-INEI Lima, 25 de agosto de 2015 Visto el Oficio N° 918-2015-INEI/OTED, de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicitando autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27563 se creó el Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), disponiendo que el INEI estará a cargo de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades y establecerá los procedimientos para su actualización anual y permanente; Que, el artículo 15° del indicado Decreto Supremo, precisa que las municipalidades deben remitir al INEI, durante el primer trimestre de cada año, la información correspondiente al periodo enero-diciembre del año anterior. Asimismo, señala que las Unidades de Estadística o el personal encargado de las municipalidades, serán responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan; Que, resulta pertinente autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2015, así como aprobar los formularios correspondientes, fijando el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales; la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2015, actividad que se ejecutará a partir del 01 de setiembre de 2015 y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del INEI. Artículo 2°.- Aprobar los Formularios 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2015, y serán remitidos a todas las municipalidades del país, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue, en la forma siguiente: Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, el cual estará disponible en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde. Asimismo, el formulario será remitido en versión electrónica en CD y en versión impresa. Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, el cual será remitido en formato impreso. Artículo 3°.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente



Institución Instituto Tecnológico de la Producción

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Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese GISELLA ORJEDA Presidente 1280486-1

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