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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (04/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 86

567900 Viernes 4 de diciembre de 2015 / El Peruano tarifario para los servicios que presta ENAPU S.A. bajo régimen de regulación en los terminales portuarios de Salaverry e Ilo1.. En respuesta al requerimiento formulado, la APN, mediante Ofi cio 347-2015 APN/GG de fecha 24 de abril de 2015, informó a OSITRAN que se abstendría de emitir un pronunciamiento referido a la propuesta tarifaria solicitada. 5. Posteriormente, por Ofi cio Nº 238-15-GG-OSITRAN recibido el 22 de setiembre de 2015, la Gerencia General de OSITRAN reiteró a la APN el requerimiento para que, tal como se le solicitó mediante el Ofi cio Nº 541-14-GG- OSITRAN, cumpla con remitir a este Organismo Regulador su propuesta tarifaria de los servicios que brinda ENAPU bajo régimen de regulación en los Terminales Portuarios de Salaverry e Ilo, otorgándosele para ello un plazo de quince (15) días hábiles. Luego de haberse concedido las prórrogas de plazo solicitadas por la APN, fi nalmente esta Entidad, mediante Ofi cio Nº 947-2015-APN/GG-DIPLA recibido el 12 de noviembre de 2015, remitió a OSITRAN el informe Técnico Legal Nº 094-2015-APN/DIPLA/UAJ que sustenta su propuesta tarifaria para los terminales portuarios de Salaverry e Ilo. II. METODOLOGÍA 6. En este estudio se ha utilizado la metodología de costos totalmente distribuidos (CTD), la cual se defi ne en el Anexo I del Reglamento General de Tarifas (RETA)2, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2004-CD-OSITRAN, y sus modifi catorias, de la siguiente manera: “Consiste en determinar una tarifa a partir de la asignación de los costos directos e indirectos en cada uno de los servicios que la entidad prestadora provee. Los costos indirectos se refi eren a los insumos compartidos entre dos o más servicios.” 7. Las bases para la propuesta de revisión tarifaria del presente estudio se rigen bajo los principios de libre acceso, promoción de la cobertura y la calidad de la infraestructura, sostenibilidad de la oferta, efi ciencia, equidad, no discriminación, principio de costo-benefi cio, predictibilidad, consistencia y transparencia recogidos en el artículo 18 del RETA. III. RESULTADOS 8. Para los fines del presente estudio tarifario se consideraron dos unidades de negocio: El Terminal Portuario de Salaverry (TPS) y el Terminal Portuario de Ilo (TPI). Ello debido a que, a la fecha, de los 6 puertos a los que se inició el proceso de fijación tarifaria, son los únicos terminales portuarios que viene operando ENAPU. 9. Mediante el análisis de la situación del mercado en los terminales administrados por ENAPU se determinó que la principal carga del TPS es la carga sólida a granel con el 97,6% de participación, seguida de la carga líquida a granel y carga fraccionada, con el 1,4% y 0,9%, respectivamente. Así mismo se determinó que las importaciones representan el 82,8%, las exportaciones 17,1% y el cabotaje sólo el 0,1%. 10. Por su parte, se observó que la estructura de carga en el TPI está conformada de la siguiente manera: el 78% es carga sólida a granel, el 15% corresponde a carga fraccionada y el 6% a contenedores. En este terminal las principales operaciones que se realizan son la exportación (73%), y la importación (25%). 11. En cuanto al análisis de las condiciones de competencia de los servicios evaluados en TPS y TPI se concluyó que los Servicios a la Nave y Servicios a la Carga analizados no se prestan en condiciones de competencia, por lo que se justifi ca la regulación tarifaria en dichos servicios. 12. Para el servicio de Amarre y Desamarre en el TPS está vigente un contrato de acceso cuyo cargo de acceso está regulado por el Reglamento Marco de Acceso (REMA) de OSITRAN, razón por la cual no se justifica la determinación de tarifas máximas en este caso. 13. Las proyecciones estimadas de tráfi co de carga, pasajeros y naves para el periodo 2015-2109 presentan las siguientes tasas de crecimiento: Cuadro Nº 1 Tasa de crecimiento del tráfi co de carga y pasajeros en el TPS y TPI Terminal Portuario Tipo de carga Operación Tasa de crecimiento 2015-2019 TPS Sólido a Granel Importación 6,9% Exportación 7,6% Carga Fraccionada Importación 5,5% Exportación -2,7% Líquido a Granel Exportación -0,1% Pasajeros Embarque 9,0% TPI Sólido a Granel Importación 1,0% Exportación -1,1% Carga Fraccionada Exportación 0,7% Contenedores llenos de 20 pies Importación/ Exportación 0,0% Contenedores llenos de 40 pies Importación/ Exportación 0,0% Contenedores vacíos de 20 pies Importación/ Exportación 0,0% Contenedores vacíos de 40 pies Importación/ Exportación 0,0% Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos Cuadro Nº 2 Tasa de crecimiento del tráfi co de naves en el TPS y TPI Terminal Portuario Tipo de nave Tasa de crecimiento 2015-2019 TPS GRANELEROS 7,1% GENERAL CARGO-CONVENCIONAL 3,8% PASAJEROS 12,3% TANQUE-PETROLERO/GAS 0,0% TPI CONTAINER SHIP 0,0% GRANELEROS 0,0% GENERAL CARGO-CONVENCIONAL 18,9% Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos 14. En el cálculo de los costos de los servicios portuarios no se consideran los gastos en subsidio de los terminales fl uviales y de lanchonaje, toda vez que estos están cubiertos en su totalidad por las transferencias que percibe ENAPU de APM Terminal Callao S.A. en virtud del contrato de Asociación en Participación suscrito entre ambos por la operación del Terminal Norte Multipropósito del Callao. Por el contrario, dado los últimos resultados del TPI en el cual se obtuvieron pérdidas entorno a los S/.2 millones anuales, se consideró incluir en la estructura de ingresos del TPI un porcentaje de las transferencias de APM Terminals Callao S.A. 15. En cuanto a las inversiones, se ha considerado el stock de inversiones netas, al 2014, según datos de la Contabilidad Regulatoria de ENAPU 2014. No existen inversiones programadas por ENAPU para el periodo 2015-2019. 16. En relación al Costo Promedio Ponderado de Capital (WACC), encontrar betas que refl ejen la actividad del sector portuario de empresas comparables a ENAPU, conforme a lo establecido en el anexo I del RETA, ha representado la principal difi cultad al calcular el WACC, utilizando fi nalmente un promedio de betas de dos empresas portuarias de propiedad pública, similares a ENAPU. IV. RECOMENDACIONES 17. Como resultado de la revisión de ofi cio se recomienda la aprobación de la siguiente estructura y niveles tarifarios máximos para los servicios sujetos a la regulación de OSITRAN. 2 Metodologías para la fi jación y revisión tarifaría PROYECTO