Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2015 (10/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Jueves 10 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

568261

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Colombia y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 288-2015-PCM Lima, 9 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la XXV Cumbre Iberoamericana se llevará a cabo en la República de Colombia, en el año 2016, siguiendo la celebración bienal de las cumbres; Que, en el marco de las reuniones preparatorias a la mencionada Cumbre, el 12 de diciembre de 2015, se realizará la I Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la Conferencia Iberoamericana, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, siendo importante garantizar una adecuada representación del Perú, resulta necesario que la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, asista a la referida reunión; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 2455, del Despacho Ministerial, de 4 de diciembre de 2015; y el Memorando (OPR) N.º OPR0379/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 4 de diciembre de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 11 al 12 de diciembre de 2015, para participar en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizándose su salida del país, del 11 al 12 de diciembre de 2015. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 1 465,83 Viáticos Total N.º de por día Viáticos días US$ US$ 370,00 2 740,00

Nombres y Apellidos

Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora Diana Álvarez-Calderón Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partir del 11 de diciembre de 2015, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1321390-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

4.

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