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568271 NORMAS LEGALES Jueves 10 de diciembre de 2015 El Peruano / Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1321388-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud DECRETO SUPREMO Nº 347-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con personería jurídica de derecho público, autonomía funcional, administrativa, económica y fi nanciera, en el marco de las políticas establecidas por el Ministerio de Salud, constituyendo un pliego presupuestal; Que, en el marco de la implementación de la reforma del sector salud las unidades ejecutoras del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud han ampliado la cobertura y mejorado los servicios de salud, generando un incremento en el gasto de sus bienes y servicios; Que, el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a través del Ofi cio N° 971-2015-SG/IGSS, que acompaña el Informe N° 150-2015-OPP-UP/IGSS de su Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita una demanda adicional de recursos para garantizar la continuidad de los servicios de salud de 23 unidades ejecutoras de salud, como consecuencia de la ampliación de cobertura y mejora de los servicios de salud, en el marco de la reforma del sector salud; en virtud de lo cual, a través del Ofi cio N° 3173-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos señalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del año fi scal 2015 del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 765 587,00), para garantizar la continuidad de los servicios de salud de 23 unidades ejecutoras de salud, como consecuencia de la ampliación de cobertura y mejora de los servicios de salud, en el marco de la reforma del sector salud, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 765 587,00), a favor del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a fi n de atender los requerimientos señalados en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 26 765 587,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 26 765 587,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 26 765 587,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 26 765 587,00 ============