Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2015 (10/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 10 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
Viáticos: US$ 370.00 x 3 persona x 3 días TOTAL A PAGAR:

568267
US$ 3,330.00 -------------------US$ 9,693.00

al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Viceministro de Políticas para la Defensa Iván Cesar VEGA LONCHARICH, identificado con DNI N° 06765121, en representación del señor Ministro de Defensa y del señor Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano Manuel Abraham VÉRTIZ DOMÍNGUEZ, identificado con DNI N° 09442012, y del señor Asesor Viceministerial Doctor Carlos PEREZ RIOS, identificado con DNI N° 07526100, como miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, quienes participarán en la XII Reunión de Instancia Ejecutiva (V Reunión del Consejo Directivo del CEED y II Reunión del Consejo Superior de la ESUDE) y VI Reunión del Consejo de Ministros de Defensa, las mismas que se realizarán en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay los días 16 y 17 de diciembre de 2015 respectivamente; autorizando su salida del país el día 15 de diciembre y el retorno el día 18 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Lima ­ Montevideo (República Oriental del Uruguay) Lima: US$ 2,121.00 x 3 personas (Incluye TUUA) US$ 6,363.00

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 ­ 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1321389-3

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