Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 151

El Peruano / Sábado 19 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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que consta de III capítulos, 16 artículos, 3 Disposiciones Finales y una Única Disposición Transitoria, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Conceder facultades al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Disponer a través de la Secretaría General la publicación de la Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano", así como su anexo "PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS DISTRITALES PARA LA PROVINCIA DE CAÑETE" en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, poniéndose en conocimiento de las demás unidades orgánicas respectivas para sus fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1325089-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO
Declaran en "Situación de Emergencia los Distritos de Moquegua y Samegua", para prevenir acontecimientos que pudiera ocasionar el Fenómeno "El Niño" 2015-2016
ACUERDO DE CONCEJO Nº 099-2015-MPMN Moquegua, 30 de octubre de 2015 EL CONCEJO PROVINCIAL DE "MARISCAL NIETO" VISTO, en "Sesión Extraordinaria" de fecha 12 de Octubre de 2015, el Dictamen Nº 004-2015-COSALCSCYDF/MPMN y el Oficio Nº 647-2015-JHMFV-A/MDS de Registro Nº 034200-2015, sobre Declaratoria en Situación de Emergencia el distrito de Moquegua y el distrito de Samegua. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, la temporada de lluvias es un fenómeno recurrente que afectan a unidades vulnerables, poniendo en muy alto riesgo dichas zonas y por tanto en peligro inminente ante deslizamientos e inundaciones, situación que se empeora con la presencia del Fenómeno "El Niño", por lo que se requiere la ejecución de acciones urgentes de reducción del riesgo existente, que de no hacerlo la condición de afectación sería mayor, con posibles consecuentes pérdidas y daños a la vida, a la salud y medios de vida de la población, así como de la Infraestructura diversa, por lo que se hace necesaria la intervención del Gobierno Local; Que, a efectos de prevenir cualquier grave peligro por acontecimientos catastróficos que pudiera ocasionar el Fenómeno "El Niño" tanto en Puentes, como en Vías de Comunicación de competencia del Gobierno Local, así como de espacios urbanos que requieren de

protección de inundaciones, la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" mediante el Informe Nº 462-2015-ODC/A/MPMN" del 30-09-2015, ha emitido el Informe Técnico Nº 001-2015-ODC/A/ MPMN sobre "Emergencia por Peligro Inminente ante la Presencia del Fenómeno El Niño 2015-2016 en la Provincia de Mariscal Nieto - Distrito de Moquegua", para que se declare en "Situación de Emergencia el Distrito de Moquegua"; Que, con Oficio Nº 647-2015-JHMFV-A/MDS de Registro Nº 034200-2015, la Municipalidad Distrital de "Samegua" ha solicitado que se incluya al Distrito de "Samegua" en la Declaratoria en Situación de Emergencia, por tener incidencias en los espacios de mantenimiento de la Avenida "Mariscal Domingo Nieto" y la Quebrada del Cementerio; Que, según lo previsto en el Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, a la propiedad, a la paz, la tranquilidad y al descanso; sin embargo todos estos derechos se verían perturbados en los habitantes de la Provincia "Mariscal Nieto" con las torrenciales lluvias e inundaciones que se producirían por el Fenómeno "El Niño"; Que, según el Artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la "Ley de Contrataciones del Estado" y modificado por la Ley Nº 29873, concordante con el Artículo 128º de su Reglamento, la SITUACION DE EMERGENCIA es aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, que con carácter extraordinario son ocasionados por la naturaleza, generando daños que afectan a una comunidad; Que, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 - "Ley de Contrataciones del Estado", concordante con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - "Ley Orgánica de Municipalidades", la Situación de Emergencia es declarada por Acuerdo del Concejo Municipal, debido a que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos específicos de interés público o vecinal, que expresa la voluntad del órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modificada por Ley Nº 27680 del 06-032002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-041936, el Concejo Municipal en "Sesión Extraordinaria" de fecha 12-10-2015; ACORDÓ: 1º.- Declarar en "Situación de Emergencia los Distritos de Moquegua y Samegua" en la Provincia "Mariscal Nieto", Departamento de Moquegua, por el período de 060 días calendarios, para prevenir cualquier grave peligro por acontecimientos catastróficos que pudiera ocasionar el Fenómeno "El Niño" 2015-2016. 2º.- Encargar a la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" a fin de que coordine con las Instituciones correspondientes, para que se declare en "Estado de Emergencia" la Provincia "Mariscal Nieto", Región Moquegua. 3º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administración de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", prever los recursos presupuestarios y financieros que correspondan, para poder afrontar la "Situación de Emergencia", disponiendo que toda adquisición de bienes, servicios o contratación de obra, se cumpla conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1324969-1

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