Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 144

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1327529-5

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO N° 406-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia en el marco de lo establecido en el numeral 2.3 del referido Decreto de Urgencia, podrán destinarse al financiamiento de las acciones a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para lo cual dichos recursos se sujetan a las condiciones y procedimientos establecidos en la citada disposición, según corresponda; Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2014EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada mediante Resolución Directoral N° 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del año fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el año fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles en el año fiscal 2014 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la misma Directiva señala que es competencia del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de haber sido autorizada la

transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, según el artículo 10 de la Directiva Nº 0022014-EF/63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva; Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 002-2014EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4296-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 2 632 479,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 100 Agricultura Ayacucho del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada "Adquisición de medicina, insumos veterinarios y alimentos para atención de la actividad pecuaria (Alpacas, Llamas, Bovinos y Ovinos) afectados por bajas temperaturas y heladas que se registran en las zonas altoandinas por encima de los 3 000 m.s.n.m de las Provincias de Huamanga, Cangallo, V. Fajardo, Huancasancos, Sucre, Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara, en la Región de Ayacucho, Declarado en Emergencia mediante Decreto Supremo N° 050-2015-PCM"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4376-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 279 107,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Jilili del Departamento de Piura para la atención de cuatro (04) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable Bellavista Alta - Jilili, Distrito de Jilili, Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias, ocurridas el día 31 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable Jilili - Hualambi, Distrito de Jilili, Provincia de Ayabaca Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias, ocurridas el día 31 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinara para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable Hualambi - Carpintería, Distrito de Jilili, Provincia de Ayabaca Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias, ocurridas el día 31 de marzo de 2015" y "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable Capilla Bellavista Alta, Distrito de Jilili, Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias, ocurridas el día 31 de marzo de 2015, Declarado en Emergencia mediante Decreto Supremo N° 027-2015-PCM"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4545-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS OCHO MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 208 067,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Chaviña del Departamento de Ayacucho para la atención de una (01) Actividad de Emergencia

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