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569833 NORMAS LEGALES Viernes 25 de diciembre de 2015 El Peruano / CAPITULO IV INFRACCIONES Artículo 13º.- De las infracciones administrativas Modifíquese e incorpórese los siguientes códigos de infracción en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado por la Ordenanza Nº 376/MM, tal cual se detalla a continuación: 11-138 Por fi jar afi ches, carteles, letreros simples, letreros luminosos, letreros iluminados, banderolas, banderas, jardineras, paneles, en ubicaciones no conformes. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro 11-139 Por no retirar o borrar cada una de las propagandas electorales, dentro del plazo (sesenta días), señalado en la Ordenanza Nº 451/MM 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro 11-140 Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la propaganda electoral colocada por una organización política. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 11-141 Por colocar propaganda que impida u obstaculice la visión de otra previamente colocada. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro 11-142 Por instalar propaganda política en zonas rígidas. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro 11-143 Por fi jar afi che o cartel, letreros simples, letreros luminosos, banderolas, jardineras, en propiedad privada sin la autorización del propietario. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro 11-144 Por emitir propaganda sonora, excediendo los niveles máximos permitidos en el Artículo 6 de la Ordenanza Nº 451/MM 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Decomiso del artefacto o instrumento 11-145 Por colocar propaganda comercial u otro elemento de afecte la debida percepción de las señales de tránsito y/o nomenclatura, o atente contra la seguridad en la circulación vehicular y/o peatonal. 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Retiro DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese la Ordenanza Nº 189 y cualquier otro dispositivo que se oponga a lo dispuesto por la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Aprobar el ANEXO I de la presente ordenanza, que contiene el Plano de Ubicaciones permitidas para Propaganda Electoral en Vía Pública, en número de noventa y cuatro (94). Cuarta.- Facultar al Alcalde de Mirafl ores a fi n que, mediante decreto de alcaldía, establezca las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; entre ellas el sorteo de las ubicaciones contempladas en el ANEXO I de la misma. Quinta.- Incorporar al Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado mediante Ordenanza Nº 376/MM, las infracciones y sanciones administrativas señaladas en el Capítulo IV de la presente norma. Sexta.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a las Subgerencias de Comercialización, Fiscalización y Control y Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes, en lo que corresponda. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde ANEXO I CANTIDADES MÁXIMAS PERMISIBLES POR AUTORIZAR EN LAS VÍAS DEL DISTRITO Av. Arequipa quince 3.30 m. de base x 2.00 m. de altura Av. Alfredo Benavides (cuadra 10 al 29) quince 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura Av. Andrés A. Cáceres cinco 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura Av. José Casimiro Ulloa cuatro 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. De la Merced dos 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura Av. Del Ejército (frente al coliseo Bonilla) uno 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura Av. Gran Mariscal Ramón Castilla (cuadra 1) uno 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Ernesto Diez Canseco (cuadra 5 al 7) tres 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Comandante Espinar siete 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura Av. General Ernesto Montagne cinco 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Ricardo Palma (cuadra 5 al 15) ocho 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. José M. Ramírez Gastón J. tres 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Reducto cinco 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Monseñor Roca y Boloña doce 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Av. Manuel Vicente Villarán siete 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura Pq. Federico Villarreal uno 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura TOTAL 94 Paneles 1327059-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran procedente la recepción de obras sin variación del proyecto de habilitación en vías de regularización de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 625A-2015-SGCHU-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 4 de noviembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 01925-2005 y Acumulados de fecha 31/01/2005, presentado por ENRIQUE AMADO Y COMPAÑÍA S.A.C-EASAC y Otros, debidamente representada por el Gerente General Laureano Augusto Amado Castillo, con DNI Nº 08513729 y domicilio fi scal en la Av. Nicolás de Piérola Nº 672 - Of. 507 - Lima, mediante el cual solicita la Recepción de Obras sin variación del Proyecto de Habilitación Urbana en Vías de Regularización, para uso Residencial de Densidad Media – RDM y Comercio Vecinal CV, del terreno de 45,914.35 m2 de área correspondiente a los sectores A, B, del Ex fundo Naranjal en la cual se desarrolla la denominado Urbanización Residencial “LOS JARDINES DE NARANJAL I ETAPA”, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.