Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano / Viernes 25 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
Por colocar propaganda comercial u otro elemento de afecte la debida percepción 11-145 de las señales de tránsito y/o 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 nomenclatura, o atente contra la seguridad en la circulación vehicular y/o peatonal.

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CAPITULO IV INFRACCIONES Artículo 13º.- De las infracciones administrativas Modifíquese e incorpórese los siguientes códigos de infracción en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, aprobado por la Ordenanza Nº 376/MM, tal cual se detalla a continuación:
Por fijar afiches, carteles, letreros simples, letreros luminosos, letreros iluminados, 11-138 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 banderolas, banderas, jardineras, paneles, en ubicaciones no conformes. Por no retirar o borrar cada una de las propagandas 11-139 electorales, dentro del plazo 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 (sesenta días), señalado en la Ordenanza Nº 451/MM 11-140 Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la propaganda 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 electoral colocada por una organización política. Retiro Retiro

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DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese la Ordenanza Nº 189 y cualquier otro dispositivo que se oponga a lo dispuesto por la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Aprobar el ANEXO I de la presente ordenanza, que contiene el Plano de Ubicaciones permitidas para Propaganda Electoral en Vía Pública, en número de noventa y cuatro (94). Cuarta.- Facultar al Alcalde de Miraflores a fin que, mediante decreto de alcaldía, establezca las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; entre ellas el sorteo de las ubicaciones contempladas en el ANEXO I de la misma. Quinta.- Incorporar al Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 376/MM, las infracciones y sanciones administrativas señaladas en el Capítulo IV de la presente norma. Sexta.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a las Subgerencias de Comercialización, Fiscalización y Control y Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes, en lo que corresponda. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde

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Por colocar propaganda que 11-141 impida u obstaculice la visión 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 de otra previamente colocada. 11-142 Por instalar propaganda 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 política en zonas rígidas.

Por fijar afiche o cartel, letreros simples, letreros luminosos, 11-143 banderolas, jardineras, en 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 propiedad privada sin la autorización del propietario.

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Por emitir propaganda sonora, Decomiso excediendo los niveles del 11-144 máximos permitidos en el 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 artefacto o Artículo 6 de la Ordenanza Nº instrumento 451/MM

ANEXO I CANTIDADES MÁXIMAS PERMISIBLES POR AUTORIZAR EN LAS VÍAS DEL DISTRITO Av. Arequipa Av. Alfredo Benavides (cuadra 10 al 29) Av. Andrés A. Cáceres Av. José Casimiro Ulloa Av. De la Merced Av. Del Ejército (frente al coliseo Bonilla) Av. Gran Mariscal Ramón Castilla (cuadra 1) Av. Ernesto Diez Canseco (cuadra 5 al 7) Av. Comandante Espinar Av. General Ernesto Montagne Av. Ricardo Palma (cuadra 5 al 15) Av. José M. Ramírez Gastón J. Av. Reducto Av. Monseñor Roca y Boloña Av. Manuel Vicente Villarán Pq. Federico Villarreal TOTAL 1327059-1 VISTO: El Expediente Nº 01925-2005 y Acumulados de fecha 31/01/2005, presentado por ENRIQUE AMADO Y COMPAÑÍA S.A.C-EASAC y Otros, debidamente representada por el Gerente General Laureano Augusto Amado Castillo, con DNI Nº 08513729 y domicilio fiscal en la Av. Nicolás de Piérola Nº 672 - Of. 507 - Lima, mediante el cual solicita la Recepción de Obras sin variación del Proyecto de Habilitación Urbana en Vías de Regularización, para uso Residencial de Densidad Media ­ RDM y Comercio Vecinal CV, del terreno de 45,914.35 m2 de área correspondiente a los sectores A, B, del Ex fundo Naranjal en la cual se desarrolla la denominado Urbanización Residencial "LOS JARDINES DE NARANJAL I ETAPA", ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. quince quince cinco cuatro dos uno uno tres siete cinco ocho tres cinco doce siete uno 94 Paneles 3.30 m. de base x 2.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 5.00 m. de base x 3.00 m. de altura 4.00 m. de base x 2.00 m. de altura

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Declaran procedente la recepción de obras sin variación del proyecto de habilitación en vías de regularización de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 625A-2015-SGCHU-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 4 de noviembre de 2015

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