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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015 544198 CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, modifi cada por Ley Nº 29873, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, estando su personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, se ha considerado conveniente designar al profesional que ocupará el cargo de Sub Director de Operaciones Registrales de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por lo que resulta necesario emitir el acto de designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º, literal c) del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789- 2011-EF/10; y con la visación de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita Paola Blancas Amaro en el cargo de Sub Directora de Operaciones Registrales de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores, cargo público de libre designación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1185519-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan el funcionamiento de Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores como sociedad intermediaria de valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 149-2014-SMV/02 Lima, 31 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES (e) VISTOS: El Expediente N° 2014028751, así como el Informe N° 972-2014-SMV/10 del 30 de diciembre de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 143-2013-SMV/10.2 del 29 de noviembre de 2013, se otorgó a Graf Latino S.A. y a la señorita Jill Khoury Escudero, autorización para la organización de una sociedad intermediaria de valores denominada Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores; Que, Graf Latino S.A. y la señorita Jill Khoury Escudero solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento para actuar como sociedad intermediaria de valores; Que, el artículo 7 del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10 y sus modifi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012- SMV/02 y sus modifi catorias, señalan los requisitos que deben cumplirse a efectos de obtener la autorización de funcionamiento de un agente de intermediación; Que, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores, a efectos de verifi car que ésta cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores y luego de la inspección efectuada, se ha determinado que dicha empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad intermediaria de valores; Que, Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 206 de la Ley de Mercado de Valores antes de iniciar sus operaciones, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de Agentes de Intermediación y los artículos 186 y 208 de la referida ley; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; así como a lo establecido por la Resolución de Superintendente N° 145-2014-SMV/02 del 23 de diciembre de 2014; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores como sociedad intermediaria de valores, la misma que podrá utilizar la denominación abreviada Graf SIV. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Antes del inicio de sus operaciones, Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores deberá constituir la garantía a que se refi ere el artículo 206 de la Ley del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Graf S.A. Sociedad Intermediaria de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Superintendente del Mercado de Valores (e) 1184444-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Disponen publicación de precedente de observancia obligatoria aprobado en sesión ordinaria del Centésimo Vigésimo Sexto Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 306-2014-SUNARP/PT Lima, 30 de diciembre de 2014