Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2015 (08/01/2015)


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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Superintendente de Superintendencia Nacional Fiscalizacion Laboral - SUNAFIL
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2015-TR MORDAZA, 7 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 025-2014-TR se acepto la renuncia del senor Gorki MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral -SUNAFIL; Que, es pertinente designar al funcionario que ejercera el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral - SUNAFIL; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria juridica; y, De conformidad con el numeral 4) del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el articulo 11 de la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral - SUNAFIL; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion LaboralSUNAFIL. Articulo 2º.- La presente resolucion es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1185558-11

la de

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan ampliacion de local a la Escuela Peruana de Conductores Profesionales Sociedad Anonima Cerrada -ESPECONP S.A.C., ubicada en el departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5229-2014-MTC/15 MORDAZA, 12 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 164974, 189792, 203878, 228383 y 228385, presentados por la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1756-2012MTC/15 de fecha 09 de MORDAZA de 2012, se autorizo

a la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP SAC, con RUC Nº 20487785777 y con domicilio en MORDAZA Las Acacias Nº 211, 1º y 2º piso, Urb. MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3595-2012MTC/15 de fecha 20 de setiembre de 2012, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Parte Diario Nº 164974 de fecha 15 de setiembre de 2014, La Escuela solicita autorizacion de ampliacion de local ubicado en: MORDAZA MORDAZA Barranca B-228, Urbanizacion San MORDAZA, 1º piso, Distrito, Provincia y Departamento de Ica, a fin de instalar las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas, taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, y como circuito de manejo alterno al ubicado en: Lote Nº 6, Integrante del Fundo Saco, Sector de Orongo, Comprension del Distrito de Parcona, Provincia y Departamento de Ica. Ademas presenta Expediente Tecnico de las Caracteristicas Especiales del Circuito de Manejo, para su correspondiente conformidad, cuyo terreno se encuentra ubicado en el sector Comatrana, Compresion Jurisdiccional del Distrito, Provincia y Departamento de Ica; Que, mediante Oficio Nº 7497-2014-MTC/15.03 de fecha 09 de octubre de 2014, notificado el 09 de octubre de 2014, la Autoridad Administrativa formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 189792 de fecha 22 de octubre de 2014, La Escuela solicita plazo ampliatorio respecto al oficio mencionado en el parrafo anterior; concediendole el plazo de diez (10) dias con Oficio Nº 7936-2014-MTC/15.03 de fecha 07 de noviembre de 2014, notificado el 29 de octubre de 2014; Que, mediante Parte Diario Nº 203878 de fecha 07 de noviembre de 2014, La Escuela presenta diversa documentacion, a fin de subsanar las observaciones senaladas en el Oficio mencionado precedentemente; Que, mediante Oficio Nº 8458-2014-MTC/15.03 de fecha 26 de noviembre de 2014, notificado el 26 de noviembre de 2014, la Autoridad Administrativa, en atencion a lo dispuesto en el numeral 126.2 del articulo 126 de la Ley Nº 27444, formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Oficio Nº 8560-2014-MTC/15.03 de fecha 02 de Diciembre de 2014, notificado el 02 de Diciembre de 2014, se le comunica que la diligencia de inspeccion se ha programado para el dia 05 de Diciembre de 2014, en las instalaciones del local propuesto por La Escuela; Que, mediante Informe Nº 010-2014-MTC/15.jjf de fecha 10 de octubre de 2014, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local y circuito alternativo propuestos por La Escuela; Que, mediante Parte Diario Nº 228383 de fecha 11 de Diciembre de 2014, La Escuela presenta documentacion para ser anexada al Expediente; Que, mediante Parte Diario Nº 228385 de fecha 11 de Diciembre de 2014, La Escuela presenta escrito de subsanacion a las observaciones formuladas mediante Oficio Nº 8458-2014-MTC/15.03; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de

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