Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2015 (08/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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El Peruano MORDAZA 8 de febrero de 2015

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban transferencia de autorizacion otorgada a persona natural mediante R.VM. Nº 270-2006-MTC/03, a favor de la empresa Producciones MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 67-2015-MTC/03 MORDAZA, 30 de enero del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2014-064498 del 22 de setiembre de 2014, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZANELLI, sobre aprobacion de transferencia de autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 270-2006-MTC/03, a favor de la empresa PRODUCCIONES MORDAZA S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 2702006-MTC/03 del 26 de MORDAZA de 2006, se autorizo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZANELLI, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Jaen-Bellavista-Las Pirias, departamento de Cajamarca; Que, con escrito de visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZANELLI, solicita se apruebe la transferencia de la autorizacion que le fuera otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 270-2006-MTC/03, a favor de la empresa PRODUCCIONES MORDAZA S.R.L.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar servicio de radiodifusion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada la transferencia y reconocido el MORDAZA titular, este asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorizacion; Que, mediante Informe Nº 0089 -2015MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que debe aprobarse la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 270-2006-MTC/03 a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZANELLI, a favor de la empresa PRODUCCIONES MORDAZA S.R.L., y reconocer a esta MORDAZA como titular de la citada autorizacion; al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZANELLI mediante Resolucion Viceministerial Nº 2702006-MTC/03, a favor de la empresa PRODUCCIONES MORDAZA S.R.L.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa PRODUCCIONES MORDAZA S.R.L., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 270-2006-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1198048-1

Autorizan a Maisaga S.R.L. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar linea MORDAZA mixta en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 392-2015-MTC/15 MORDAZA, 28 de enero de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 184550, 193985, 215182, 237759 y 001538 presentados por la empresa denominada MAISAGA S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario Nº 184550 de fecha 14 de octubre de 2014, la empresa denominada MAISAGA S.R.L., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Mixta, en el local ubicado en MORDAZA MORDAZA S/N Urb. Patibamba Alta, Distrito y Provincia de Abancay, Departamento de MORDAZA, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, con Oficio Nº 7810-2014-MTC/15.03 de fecha 22 de octubre de 2014 y notificado el 28 de octubre de 2014, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, mediante parte Diario Nº 215182 de fecha 24 de noviembre del 2014 la Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado;

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