Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2015 (08/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA 8 de febrero de 2015

546381
responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de octubre del 2015 30 de octubre del 2016 30 de octubre del 2017 30 de octubre del 2018 30 de octubre del 2019

Que, con Oficio Nº 8844-2014-MTC/15.03 de fecha 15 de diciembre de 2014 y notificado el 17 de diciembre de 2014, esta Administracion formulo observacion a los documentos presentados por no resultar satisfactoria la subsanacion realizada, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, mediante parte Diario Nº 237759 de fecha 29 de diciembre del 2014 la empresa solicito una ampliacion de 10 dias, otorgandole una ampliacion mediante Oficio Nº 9169-2014-MTC/15.03 de fecha 31 de diciembre del 2014 y notificado el 05 de enero del 2015, mediante parte Diario Nº 001538 de fecha 06 de enero del 2015 la Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observacion senalada en el oficio indicado; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 129-2015MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa denominada MAISAGA S.R.L. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar una (01) Linea MORDAZA Mixta en el local ubicado en MORDAZA MORDAZA S/N Urb. Patibamba Alta, Distrito y Provincia de Abancay, Departamento de Apurimac. Articulo Segundo.- La Empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection AgenciesIFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
Fecha MORDAZA de MORDAZA Primera renovacion de carta fianza 15 de noviembre del 2015 MORDAZA renovacion de carta fianza 15 de noviembre del 2016 Tercera renovacion de carta fianza 15 de noviembre del 2017 Cuarta renovacion de carta fianza 15 de noviembre del 2018 MORDAZA renovacion de carta fianza 15 de noviembre del 2019 ACTO

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada MAISAGA S.R.L., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- La empresa MAISAGA S.R.L., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Fecha MORDAZA de MORDAZA Planos de ubicacion, planos de distribucion y Treinta (30) dias calendarios de memoria Descriptiva otorgamiento la autorizacion Relacion del equipamiento requerido por el Articulo 34º del presente Reglamento Noventa (90) dias calendarios acompanada con los documentos que de otorgamiento la sustenten la propiedad y/o condiciones de autorizacion arrendatario financiero sobre los mismos. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) dias calendarios compatibilidad emitido por la municipalidad de otorgada la autorizacion correspondiente Documentos

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- Conforme a lo senalado en el ultimo parrafo de la Sexta Disposicion Complementaria Final del D.S. 025-2008-MTC, una vez que la empresa MAISAGA S.R.L., obtenga la "Conformidad de Inicio de Operaciones", la DGTT oficiara de tal hecho a las autoridades correspondientes, siendo de cargo de la citada empresa la publicacion del cronograma de inspecciones vehiculares aprobado previamente por la DGTT mediante la Resolucion Directoral Nº 116452008-MTC/15 de fecha 17 de diciembre del 2008 y publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de diciembre del 2008, debiendo de publicar el citado cronograma en el Diario el Peruano y otro de mayor circulacion de la Region Apurimac. Articulo Noveno.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada MAISAGA S.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1197429-1

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