Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2015 (08/02/2015)


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y consultorias; dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento. i) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias, de acuerdo a la normativa de contrataciones del Estado. j) Resolver los contratos suscritos para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios y consultorias, incluyendo los provenientes de exoneraciones, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. k) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de contratacion, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales. l) Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectificacion de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y toda aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal adscrito al regimen laboral del OSINFOR. m)S uscribir los contratos relativos a la prestacion de servicios del personal del OSINFOR, conforme al regimen laboral de la Entidad. n) Suscribir los convenios de practicas profesionales, pre -profesionales y tecnicas del OSINFOR. o) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentacion que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecucion de los gastos previsto en el presupuesto institucional. p) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las oficinas a su cargo. Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion Presidencial al Secretario General (e), al Jefe (e) de la Oficina de Administracion; asi como a las Direcciones, Organos y Unidades Organicas del OSINFOR, para conocimiento, cumplimiento y difusion. Articulo Cuarto.- Dejese sin efecto, las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo (e) 1198470-1

El Peruano MORDAZA 8 de febrero de 2015

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Tumbes, MORDAZA e Ica
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 034-2015/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de enero de 2015 Visto el Expediente Nº 009-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 14 657,02 m² denominado "Isla de Los Pajaros 1", ubicado a 1.8 kilometros al Oeste de la localidad de Puerto MORDAZA y al Sur de la MORDAZA de los Pacasos, distrito, provincia y departamento de Tumbes, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema

Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesy su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 14 657,02 m² denominado "Isla de Los Pajaros 1", ubicado a 1.8 kilometros al Oeste de la localidad de Puerto MORDAZA y al Sur de la MORDAZA de los Pacasos, distrito, provincia y departamento de Tumbes, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fec h 16 de setiembre de 2014 (fojas 17) se verifico que este terreno se encuentra constituido por MORDAZA de manglares frente a la localidad de Puerto MORDAZA, libre de ocupaciones; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA, con Oficio Nº 8492014-ABG.CERT.ORT-ZRNºI de fecha 17 de octubre de 2014 (fojas 04), remitio el Informe Nº 443-2014-SCR-ZR Nº I-UREG/SUNARP de fecha 13 de octubre de 2014 (fojas 05 y 06), en el que se informo que el predio a la fecha no cuenta con antecedente grafico registral y que a la fecha no se ha determinado otros predios inscritos en esa jurisdiccion; Que, el literal f) del articulo 6º de la ley 29338 "Ley de Recursos Hidricos", dispone entre otros que las islas existentes son bienes naturales asociados al agua; Que, el articulo 7º de la citada ley, senala que constituyen bienes de dominio publico hidraulico, los bienes naturales asociados al agua; Que, el predio submateria constituye un bien de dominio publico, por tanto tiene, la caracteristica de ser inalienable e imprescriptible, cuya titularidad y administracion corresponde al Estado; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 14 657,02 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regula el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN", aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0055-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 22 de enero de 2015; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 14 657,02 m² denominado "Isla de Los Pajaros 1", ubicado a 1.8 kilometros al Oeste de la localidad de Puerto MORDAZA y al Sur de la MORDAZA de los Pacasos, distrito, provincia y departamento de Tumbes; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del

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