Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2015 (24/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Martes 24 de febrero de 2015

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Febrero 2015, el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un regimen de Beneficios Tributarios para el ejercicio 2015; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna. Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del T.U.O. del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el Articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que, los gobiernos locales no tienen limitacion alguna para exonerar, modificar o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su administracion. Que, es politica de la actual administracion municipal incentivar el pago oportuno de los tributos que administra, siendo necesario adoptar medidas que beneficien a los contribuyentes para que cumplan oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias ante la Municipalidad de La Perla; Que, apliquese para el ejercicio 2015 la prorroga de la Ordenanza Nº011-2013-MDLP publicada integramente en el Diario Oficial El Peruano el 14-11-2013, y de la Ordenanza Nº 015-2013-MDLP publicada integramente en el Diario Oficial El Peruano el 19-12-2013-MPC y ratificadas por la Municipalidad Provincial del Callao mediante Acuerdo de Concejo Nº 129-2013-MPC que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano. Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Articulo 9º numeral 9º, Articulos 38º, 39º, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el MORDAZA de los senores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura a aprobacion del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorguese a favor de los contribuyentes de la Jurisdiccion del Distrito de La MORDAZA los siguientes Beneficios Tributarios para el Ejercicio 2015 segun se detallan: 1. Los contribuyentes del Distrito de La MORDAZA, obtendran un descuento del 15% sobre el monto insoluto en el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos); Parques y Jardines; y Serenazgo, siempre y cuando paguen al contado el total anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que tenga uso MORDAZA habitacion. 2. Los contribuyentes del Distrito de La MORDAZA, obtendran un descuento del 10% sobre el monto insoluto en el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos); Parques y Jardines; y Serenazgo, siempre y cuando paguen al contado el total anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que tengan uso distinto a MORDAZA habitacion. 3. Los predios destinados a MORDAZA, Templos, Conventos y Monasterios de propiedad de entidades religiosas (con uso exclusivo de templo o culto), Colegios Estatales, Centros de Salud pertenecientes al Estado, Comisarias, predios de uso y propiedad de la Policia Nacional del Peru, tendran un descuento del 100% en el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo.

VISTO: El informe Nº 003-2015 ­ SGRC-SG-MDSL, a traves del cual la Sub Gerencia de registro Civil propone la realizacion de la Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario para el presente ano 2015 y; CONSIDERANDO: Que el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala, que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que asimismo toda modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldia conforme a lo dispuesto en el numeral 38.5 de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 16 del articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2015 en las siguientes fechas; Sabado 28 de Febrero, 30 MORDAZA (Aniversario del Distrito de San Luis) y 26 Setiembre (Mes de la Primavera) del presente ano. Articulo Segundo.- ESTABLECER el pago del derecho de tramite para la ceremonia programada de Matrimonio Civil Comunitario para el presente ano, en la suma de S/. 100.00 nuevos soles. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registro Civil en coordinacion con Secretaria General y la Gerencia de Administracion y Finanzas, el complimiento del presente Decreto y a la Sub Gerencia de Imagen y Participacion Vecinal y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica su difusion conforme a sus facultades. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General disponga la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA FUERTES MORDAZA MORDAZA 1203549-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito para el ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 003-2015-MDLP La MORDAZA, 20 de febrero 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA

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