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El Peruano Martes 24 de febrero de 2015 547232 anexo Nº 3 de la citada resolución o a través de SUNAT virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de pago SUNAT – NPS para el pago de sus obligaciones tributarias; Que en el caso de la Intendencia Regional Tacna, en el anexo Nº 3 de la resolución de superintendencia citada en el considerando anterior, se dispuso como uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales al ubicado en calle Zela Nº 701, distrito, provincia y departamento de Tacna; Que, a partir del 2 de marzo de 2015, el lugar de cumplimiento mencionado en el considerando anterior se traslada al local ubicado en la avenida Leguía Nº 1705, esquina con prolongación calle Piura, distrito, provincia y departamento de Tacna; por lo que es necesario modifi car el citado anexo Nº 3 en cuanto a uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los principales contribuyentes que pertenecen al directorio de la mencionada Intendencia; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que la designación del lugar de pago es potestad de la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 29° del Código Tributario; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modifi catorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modifi catoria, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modifi catorias, y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- MODIFICACIÓN DE UNO DE LOS LUGARES DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL TACNA Modifíquese el anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modifi catorias, en lo relacionado a uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales de los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Tacna, por el texto siguiente: “ANEXO Nº 3 DEPENDENCIA LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES (…) INTENDENCIA REGIONAL TACNA - Av. Leguía Nº 1705, esquina con prolongación calle Piura, distrito, provincia y departamento de Tacna, o - (…) (…)” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entra en vigencia el 2 de marzo de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional (e) 1203753-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Prorrogan fecha de entrada en vigencia de la Circular Nº 043-2014-BCRP CIRCULAR N° 008-2015-BCRP Lima, 23 de febrero de 2015 Ref.: Prórroga de la fecha de entrada en vigencia de Circular No. 043-2014-BCRP CONSIDERANDO: Que, con la fi nalidad de que las instituciones fi nancieras puedan culminar la adecuación de sus programas informáticos para enviar su información sobre operaciones cambiarias de acuerdo a los reportes defi nidos en la Circular No. 043-2014-BCRP, el Banco Central de Reserva del Perú estima conveniente prorrogar la fecha de entrada en vigencia de la mencionada Circular. SE RESUELVE: Artículo Único.- Las instituciones fi nancieras obligadas a reportar sus operaciones cambiarias continuarán remitiendo su información conforme a lo señalado en la Circular No. 010- 2007-BCRP hasta el 22 de marzo de 2015. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1203878-1 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 586-2015-MP-FN Lima, 23 de febrero de 2015 VISTA: La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº347-2014-CNM, de fecha 04 de diciembre del 2014 y el Ofi cio Nº21-2015-AMAG/DG, de fecha 10 de febrero del 2015, remitido por la Academia de la Magistratura. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de vista, emitida por el Consejo Nacional de la Magistratura, en el marco de la Convocatoria Nº 005-2014-SN/CNM, se nombran Fiscales Superiores Titular en el Distrito Judicial de Ucayali. Que, con el Ofi cio Nº21-2015-AMAG/DG, de fecha 10 de febrero del 2015, la Directora General (i) de la Academia de la Magistratura, comunica quienes de los magistrados mencionados en la parte resolutiva de la citada resolución han aprobado el Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) o el Curso de Ascenso. Que, estando a los nombramientos mencionados, corresponde al Fiscal de la Nación, designar a los Fiscales Titulares en el respectivo Despacho Fiscal, dando por concluido los nombramientos y designaciones en los cargos ocupados por Fiscales Provisionales. Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Hermán Giner Herrera Robles, como Fiscal